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La fiscalía del Supremo se opone a juzgar a Garzón al «carecer de legitimidad» Falange y Manos Limpias

El Periódico / Cadena Ser / El Mundo, | 23 abril 2010

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha remitido hoy un escrito insistiendo en su petición de sobreseimiento de la causa abierta al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón

 

 

El Periódico

La fiscalía del Supremo se opone a juzgar a Garzón al «carecer de legitimidad» Falange y Manos Limpias

EUROPA PRESS

MADRID

 

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha remitido hoy un escrito insistiendo en su petición de sobreseimiento de la causa abierta al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por una presunta prevaricación cometida al investigar las desapariciones del franquismo y oponiéndose a la apertura de juicio oral.

Alega que las partes personadas como acusación (Manos Limpias, Igualdad e Identidad y Falange Española y de las JONS) «carecen de legitimación procesal para instarla».

Aprovecha el escrito para poner de manifiesto las contradicciones del instructor Luciano Varela, ya que en el caso Atutxa se pronunció a favor de restringir la acción popular en el procedimiento contra el entonces presidente del Parlamento vasco.

El ‘caso Atutxa’

El escrito del Ministerio Público, de siete páginas, se basa en este motivo para insistir en la necesidad de archivar el caso en contradicción a la línea marcada por el alto tribunal en la sentencia 54/2008 (doctrina Atutxa), que avaló la legitimidad de la acción popular para instar la apertura y tramitación de un procedimiento contra el presidente del Parlamento vasco, al reconocer que bastó con la presencia en este caso de Manos Limpias al no existir perjudicado directo –el delito cometido era de desobediencia–.

Se coloca por ello la fiscalía a favor de la denominada doctrina Botín –que impidió el procesamiento del banquero con la única acusación de la acción popular–, y añade que «siendo fácilmente constatable» la ausencia de acusación particular en la causa contra Garzón «y manteniendo el Ministerio Fiscal una postura contraria a la consideración de los hechos de las querellas constitutivos del delito de prevaricación», el instructor Luciano Varela debió instar el sobreseimiento.

«Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales, como lo es sin duda instar de forma autónoma la apertura de juicio oral por el mero hecho de no personarse una acusación particular, que representa unos intereses cualitativamente distintos de los que pretende tutelar la primera», añade el fiscal. «Además, el Ministerio Fiscal, en cuanto órgano constitucionalmente encargado de velar por el interés público y social, mantiene una posición contraria a la apertura de juicio oral», añade.

La ley de enjuiciamiento criminal

«En este punto resulta muy conveniente traer a colación la acertada postura que el excelentísimo magistrado instructor de esta causa especial mantuvo entonces a través de su razonado voto particular [en la sentencia del caso Atutxa]», recuerda la fiscalía, en alusión al voto discrepante que Varela emitió en ese caso.

A continuación, el escrito del Ministerio Público reproduce parte de la citada votación particular, en la que Varela explica que la exclusión de la acción particular en el artículo 782.1 de la ley de enjuiciamiento criminal «es una decisión consciente del legislador, no es meramente arbitraria y tiene una justificación plausible desde el punto de vista constitucional».

Finalmente, recuerda la fiscalía que la propia sentencia del caso Atutxa (se le condenó por desobedecer al Supremo al no disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak en el Parlamento Vasco), está aún pendiente de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, donde el fiscal alega vulneración del principio de igualdad uno de los motivos formulados».

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=707015&idseccio_PK=1008

 

 

Cadena Ser

La Fiscalía sostiene que las acusaciones no pueden sentar en el banquillo a Garzón

El Ministerio Público pide el archivo de la causa porque la acusación popular carece de legitimación procesal y recuerda al magistrado Luciano Varela que esta es la postura que mantuvo en el «Caso Atutxa». El presidente del CGPJ suspende un viaje a Uruguay

 

PEDRO JIMÉNEZ / CADENA SER   22-04-2010

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado su escrito pidiendo el archivo de la causa abierta contra el juez Garzón por haber investigado los crímenes del franquismo y «oponiéndose, en todo caso, a la apertura de juicio oral».

El Ministerio Público subraya que las acusaciones -el sindicato ultraderechista Manos Limpias, el colectivo Libertad e Identidad y la Falange- carecen de la legitimación procesal para poder sentar en el banquillo a Garzón.

El escrito señala que la acusación popular «no puede buscarse, ni encontrarse en un principio de desconfianza hacia el Ministerio Fiscal a la hora de ejercer la trascendente función de promover la acción de la justicia». La ausencia de una acusación particular y la oposición del Fiscal deberían conducir al instructor al sobreseimiento de la causa porque la acción popular «podrá ejercitarse en los procesos que la ley determine»

En este sentido, el escrito recuerda al juez Varela que esta fue la postura que mantuvo cuando se opuso a sentar en el banquillo al entonces Presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, acusado de un presunto delito de desobediencia por no disolver a la formación política ilegalizada Sozialista Abertzaleak.

El «interés difuso» de la acusación popular

El escrito de la Fiscalía razona sobre el diferente trato que el legislador otorga a la acusación particular y a la acusación popular. Una diferencia que «no es caprichosa» porque, mientras que en la acusación particular la acción la ejerce el «perjudicado u ofendido por el presunto delito», esgrimiendo «su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva», en el caso de la acción popular, «se persigue simplemente la protección de un interés social, legítimo, sí, pero también difuso y que no puede merecer la consideración de derecho fundamental» Opinar lo contrario, concluye, «sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales»

La suspensión de Garzón, más cerca

En el pleno del CGPJ que se ha celebrado esta mañana se ha producido un hecho llamativo: el presidente del órgano de gobierno de los jueces y del TS, Carlos Dívar, ha cancelado el viaje que tenía previsto a Uruguay la semana que viene.

Fuentes del Poder Judicial vinculan esta decisión a la posibilidad de que el juez Luciano Varela dicte auto de apertura de juicio oral contra el magistrado de la Audiencia Nacional por haber investigado los crímenes del franquismo.

Cuando eso ocurra, Dívar se ha comprometido a convocar un pleno extraordinario para decidir sobre la posible suspensión cautelar de Garzón.

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/fiscalia-sostiene-acusaciones-pueden-sentar-banquillo-garzon/csrcsrpor/20100422csrcsrnac_6/Tes

 

 

 

El Mundo,

El fiscal considera que Falange ‘carece de legitimación’ para llevar a juicio a Garzón

Ha pedido, por ello, el cierre de la causa abierta a Garzón por un presunto delito de prevaricación

 

María Peral | Madrid

La Fiscalía ha presentado un escrito al magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela en el que sostiene que las acusaciones populares (Manos Limpias, Libertad e Identidad y Falange) no pueden sentar en el banquillo al juez Baltasar Garzón porque «carecen de legitimación procesal» para instar la apertura del juicio oral.

La Fiscalía ha pedido, por ello, el cierre de la causa abierta a Garzón por un presunto delito de prevaricación que habría cometido cuando tramitó, sin competencia legal y en contra del ordenamiento jurídico vigente (particularmente, la Ley de Amnistía), unas diligencias sobre las desapariciones del franquismo.

El fiscal admite que la propia Sala Penal del Supremo ha fijado una doctrina «que apunta en dirección distinta a la que ahora se postula». Se refiere a la conocida como ‘doctrina Atutxa’, en la que el Alto Tribunal estableció que la acusación popular sí está legitimada para instar y lograr la apertura del juicio oral, aunque la Fiscalía no acuse, en aquellos delitos que, por proteger intereses generales y no particulares, no permiten el ejercicio de la acción penal por perjudicados u ofendidos.

Ése fue el caso del delito de desobediencia a la Justicia por el que fue condenado el ex presidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa y puede ser el caso del delito de prevaricación que se imputa a Garzón.

De hecho, ésta ha sido la tesis ya mantenida por la Sala Penal del Supremo en recientes resoluciones -cuya mención obvia la Fiscalía- en las que ha rechazado la personación como acusación particular de los hijos de dirigentes franquistas fallecidos que se consideraron perjudicados por el hecho de que Garzón atribuyese a sus padres responsabilidades penales pese a estar muertos.

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/04/22/espana/1271937994.html

 

 

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El País,

Varela orienta a Falange sobre cómo corregir su acusación

El magistrado da a ambas acusaciones un día para que subsanen los defectos y cumplan con los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

 

JULIO M. LÁZARO – Madrid – 22/04/2010

El juez instructor del Tribunal Supremo, Luciano Varela, dictó ayer dos resoluciones insólitas en las que orienta y explica a Manos Limpias y Falange sobre cómo subsanar los defectos que contienen sus respectivos escritos de acusación contra el juez Baltasar Garzón por la causa contra los crímenes del franquismo. El magistrado da a ambas acusaciones «el término de una audiencia», es decir, un día, para que subsanen los defectos y cumplan con los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Fuentes jurídicas consultadas ayer sobre estas resoluciones las calificaron como «lo nunca visto» en un proceso: «El instructor se dedica a corregir y orientar los escritos de las partes». Varela cita como precedente, sin más aclaraciones, el auto del Supremo de 19 de julio de 1997 que consideró «nulo e ineficaz» el escrito del abogado Juan Ramón Montero, y expulsó al Partido Popular como acusación del caso Filesa sobre financiación ilegal del PSOE. La nulidad fue automática, no se concedió al abogado ningún plazo de subsanación, y tuvo como efecto inmediato que quedaran fuera del proceso diez acusados.

Múltiples valoraciones

En esta ocasión, sin embargo, Varela advierte a Falange de que su escrito no se atiene «de manera notoria» a las obligaciones procesales, pues en vez de limitarse a la «descripción» de hechos, se extiende en múltiples «valoraciones», hace «constantes referencias a circunstancias personales» del acusado, e incluye otras ajenas al proceso como el «derecho al honor» de los falangistas.

En vez de declarar directamente nulo el escrito de Falange, como se hizo en 1997 con el del PP, Varela sugiere que retire acusaciones como que «Garzón se erige en juzgador de la historia y redentor del bando vencido», que su fundamentación estaba «cargada de un alto grado ideológico», y que no investigó hechos de los que quedan «presuntos responsables vivos, como Santiago Carrillo».

En el caso de Manos Limpias, la orientación de Varela es aún más notoria: les requiere para que retiren directamente «las páginas 2 a 7 de su escrito» por incluir hechos ajenos al objeto del proceso. Se trata del procedimiento relativo al archivo de la querella por los fusilamientos de Paracuellos del Jarama, que el propio Varela ordenó traer a la causa contra Garzón y que por eso Manos Limpias los incluyó en su escrito. También les pide retirar los folios 20 a 63 por resultar «extemporáneos».

http://www.elpais.com/articulo/espana/Varela/orienta/Falange/corregir/acusacion/elpepunac/20100422elpepinac_1/Tes