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Solidaridad con el Juez Baltasar Garzón

Federación Internacional de Derechos Humanos, | 1 abril 2010

Comunicado conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)

 

Paris-Ginebra-Madrid, 23 de marzo de 2010.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la  Tortura (OMCT), ha finalizado hoy en España una misión de solidaridad con el Juez  Baltasar Garzón.

Esta misión ha presentado una Carta abierta a las autoridades judiciales españolas en solidaridad con el Juez Baltasar Garzón ante la querella por los crímenes del  franquismo. Dicha iniciativa ha sido avalada por 59 organizaciones de derechos humanos de numerosos países y por más de 150 juristas, abogados, jueces, académicos y defensores de derechos humanos de distintas nacionalidades.

La misión de solidaridad ha estado compuesta por el Sr. Louis Joinet, Abogado General Emérito de la Corte de Casación francesa, antiguo experto de las Naciones Unidas y antiguo Relator Especial de las Naciones Unidas en la lucha contra la impunidad, el Sr. Luis Guillermo Pérez Casas, Secretario General de la FIDH, y el Sr. Francisco Soberón, Director de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH – Perú).

La misión ha solicitado que se sobresea el proceso penal abierto por un presunto delito de prevaricación contra el Juez Baltasar Garzón, por ser la actuación del Juez Garzón conforme al derecho internacional y al derecho internacional de los derechos humanos.

La misión también ha requerido que se dé a conocer que la Ley de Amnistía de 1977 no se aplica a crímenes de lesa humanidad y que el Estado español cumpla con la obligación que tiene pendiente de investigar estos crímenes cometidos durante la dictadura franquista, en particular los crímenes de desaparición forzada.

La carta presentada muestra la perplejidad de los firmantes frente al auto de 3 de febrero de 2010 del magistrado instructor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en la causa especial contra el Juez Baltasar Garzón, que decidió continuar la investigación judicial manteniéndolo como imputado de un presunto delito de prevaricación judicial. Según la querella abierta contra el Juez Garzón, éste habría “prevaricado” al asumir la competencia para investigar crímenes del franquismo. Se le acusa de ignorar conscientemente la ley de amnistía de 1977, el principio de la irretroactividad de la ley penal, el principio de legalidad y la prescripción de la acción penal.

Resulta desconcertante la utilización del tipo de prevaricación judicial en contra del Juez Baltasar Garzón, puesto que “el operador judicial siempre tiene un margen de interpretación en la aplicación de la ley y, si lo hace a favor de las obligaciones del Estado en derechos humanos, sus actuaciones no podrían considerarse como irrazonables o antijurídicas, so pena de afectar los principios básicos de la administración de justicia penal para investigar, sancionar, reparar y prevenir frente a todo tipo de crímenes y en particular frente a aquellos que revierten el carácter de internacionales”, tal y como declaran los firmantes de la carta.

También los firmantes recuerdan que es un imperativo de justicia que España salde su deuda pendiente con las víctimas de la dictadura franquista y con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

La misión ha tenido conocimiento igualmente, de otras querellas abiertas contra el Juez Baltasar Garzón [1], en asuntos que cuestionan también su interpretación de la ley penal.

Lo común frente a las decisiones de los operadores judiciales es que las mismas se cuestionen, anulen, cambien o confirmen a través de los recursos ordinarios disponibles.

Acudir a la persecución penal del Juez para sancionar lecturas diferentes en la aplicación de la ley, sienta un peligroso precedente que afecta la independencia de los jueces, pilar esencial de la administración judicial en una democracia y en un Estado social de derecho.

La misión ve con preocupación que estas querellas tienden a minar la credibilidad del  juez, su honorabilidad y su compromiso profesional y que por su concurrencia pueden dejan entrever una persecución orquestada por intereses distintos a los de la búsqueda de justicia. La misión ha preguntado cuántos operadores judiciales en España han sido objeto de persecución penal por presuntas prevaricaciones judiciales al tener criterios diferentes en la aplicación de la ley penal. Las querellas contra el Juez Garzón mostrarían un afán sin precedentes en su admisibilidad, que nos dejan serias dudas sobre las motivaciones en que se fundamentan las causas en su contra.

Finalmente la misión  y los firmantes han manifestado su reconocimiento al Juez Baltasar Garzón por su actuación en favor de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación aún más allá de las fronteras de España, convirtiéndose en un importante baluarte que en los últimos años ha hecho evolucionar el derecho penal internacional.

Para mayor información, por favor contacten:

· FIDH: Gaël Grilhot / Karine Appy: + 33 1 43 55 25 18

· OMCT: Eric Sottas: + 41 22 809 49 39

 

Notas

[1] Auto 28/01/2010 admisión a tramite de la querella contra Baltazar Garzón (Banco Santander) – causa n°00339/2009 : prevaricación y cohecho, y Auto 25/0 2/2010 admisión a tramite de la querella contra Balthazar Garzón (caso Gürtel) : prevaricación por presunta interceptación ilegal de comunicaciones.

http://www.fidh.org/Solidaridad-con-el-Juez-Baltasar-Garzon