El fiscal pide al TS que declare inexistente la sentencia a Hernández
El fiscal Fernando Herrero-Tejedor se opone a la revisión de la sentencia que condenó a muerte al poeta de Orihuela porque la considera «inexistente»
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PUBLICO.ES / EFE Madrid 06/10/2010
La ley 52/2007 de Memoria Histórica declara ilegÃtimas «todas las condenas y sanciones dictadas por motivos polÃticos, ideológicos o de creencia por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron restablecer un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución».
Asà se establece en la citada ley que, en cambio, nada dice de declarar nulas las sentencias condenatorias por motivos polÃticos e ideológicos y que llevaron a la muerte a miles de personas, vÃctimas de la represión franquista.
Entre otros muchos, este es el caso de LluÃs Companys, último presidente de la Generalitat de Catalunya, condenado a muerte y fusilado el 15 de octubre de 1940, o el de Miguel Hernández, vÃctima del mismo laudo que, en su caso, le fue conmutado por la cadena perpetua.
Sentencias «inexistentes»
Para el caso del poeta, la FiscalÃa ha pedido al Tribunal Supremo que declare la nulidad e inexistencia jurÃdica de la sentencia que en 1940 condenó a muerte a Miguel Hernández, ya que es una resolución que actualmente carece de vigencia jurÃdica debido a su declaración de ilegitimidad derivada de la Ley de Memoria Histórica.
El fiscal Fernando Herrero-Tejedor ha remitido a la sala de lo Militar del TS un escrito, en el que se opone a que se le otorgue autorización a una nieta de Hernández para interponer recurso de revisión contra dicha resolución porque «no puede revocarse una sentencia que ya no se halla vigente por decisión del Poder Legislativo».
«La sentencia, cuya revisión se pretende, carece hoy de vigencia jurÃdica por resultar nula de pleno derecho, lo que convierte la presente solicitud de revisión en un proceso sin objeto: no puede revocarse una resolución inexistente», añade.
El poeta fue condenado por delito de adhesión a la rebelión a la pena de muerte en una sentencia dictada por el Tribunal de Prensa de Madrid en el procedimiento SumarÃsimo de urgencia 21.001, condena que posteriormente fue conmutada por cadena perpetua, encontrándose en prisión cuando falleció por causas naturales.
Nuevas pruebas
La familia desea recuperar el buen nombre del poeta y ha pedido al Supremo que anule su condena a muerte en virtud de, según alegan, nuevas pruebas desconocidas en el momento de dictarse sentencia.
Entre dichas pruebas se encuentra otro sumario incoado por el Juzgado de Orihuela (Alicante) contra Miguel Hernández, en cuya instrucción varias personas presentaron cartas de intercesión a su favor, que el fiscal califica de «meras opiniones personales».
El escrito recuerda que la FiscalÃa se pronunció al respecto en un asunto similar a raÃz de la petición de la Generalitat de Cataluña de que el fiscal general planteara ante el Supremo un recurso de revisión contra la sentencias que condenaron a muerte al presidente Lluis Companys.
En caso de LluÃs Companys, la Junta de Fiscales de Sala avaló el pasado mes de marzo el informe de la FiscalÃa General que concluÃa que la Ley de Memoria Histórica ha declarado la ilegitimidad de los Tribunales de Responsabilidades PolÃticas y los Consejos de Guerra del franquismo, por lo que resulta improcedente presentar recursos de revisión contra las sentencias que dictaron porque éstas, a interpretación de la FiscalÃa, son nulas de pleno derecho.
Esquerra Republicana de Catalunya, en septiembre, solicitaba en el Congreso la anulación del proceso contra Companys y una ampliación de la ley de Memoria Histórica. PP y PSOE rechazaron esta petición aludiendo a que dicha ley ya contempla la «ilegitimidad» de las condenas.Â