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El consejo de guerra que condenó a muerte al poeta era ilegítimo, estima el fiscal

Información.es, | 7 febrero 2011

La familia de Miguel Hernández recibió ayer el informe del Ministerio Público que pide la nulidad de la condena

MARÍA POMARES Un aliento de esperanza es lo que acaban de recibir los herederos de Miguel Hernández en el camino que iniciaron hace unos meses para conseguir la nulidad de la condena a muerte del poeta. Y es que fue ayer cuando el abogado de la familia, Carlos Candela, recibió el informe del Ministerio Fiscal en el que solicita que la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo declare la nulidad de pleno derecho y la inexistencia jurídica de la sentencia dictada en 1940 por el Consejo de Guerra Permanente número 5 de Madrid en el procedimiento sumarísimo de urgencia 21.001.

Para ello, el Ministerio Público se ampara en la Ley de la Memoria Histórica, y afirma que «la sentencia cuya revisión se interesa es una resolución que carece hoy de toda vigencia jurídica, debido a su declaración legal de ilegitimidad, derivada de la ilegitimidad del órgano jurisdiccional que la dictó (el Consejo de Guerra Permanente número 5 de Madrid) en un momento inmediatamente posterior a la Guerra Civil».

De esta forma, el fiscal, Fernando Herrero-Tejedor, precisa que considera «improcedente» otorgar la autorización para interponer el recurso de revisión que solicitó la nieta del poeta, María José Hernández. Al respecto, argumenta que «no se trata de que el Ministerio Fiscal se niegue a apoyar el recurso interpuesto, sino que entiende que la sentencia cuya revisión se pretende carece hoy de vigencia jurídica, por resultar nula de pleno derecho, lo que convierte la presente solicitud de revisión en un proceso sin objeto: no puede revocarse una resolución inexistente».

La Fiscalía expone que lo que la recurrente, María José Hernández, pretende es «recuperar el buen nombre de su antecesor que fue injustamente condenado a muerte en un proceso ilegal e ilegítimo», algo que, a su juicio, «se ha cumplido ya tras la promulgación de la Ley de la Memoria Histórica», e incluso asegura que «si los representantes de la soberanía popular hubieran querido posibilitar la revisión jurisdiccional de tan ilegítimas resoluciones, sin duda hubieran habilitado una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley Procesal Militar».

El letrado de la familia reconocía ayer que «en su momento ya supimos algo del informe por un comunicado que envió la Fiscalía. Sin embargo, no ha sido hasta ahora cuando hemos recibido el documento, algo que nos invita a ser optimistas y que nos permite conocer realmente el alcance de la petición fiscal, ya que no es exactamente lo que solicitábamos, que era la revisión de la condena, pero sí conseguimos la nulidad».

De hecho, está previsto que la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo se reúna el próximo miércoles 9 de febrero para decidir si acepta la petición del fiscal. En principio, el Alto Tribunal puede asumir el informe de Herrero-Tejedor, aceptar a trámite el recurso de revisión, o rechazar tanto la petición del Ministerio Público como la de la familia del autor de «Vientos del pueblo».

Carlos Candela reconoció que, «si finalmente el Tribunal Supremo tiene en cuenta este informe, estaríamos ante una resolución novedosa que podría sentar precedentes, ya que hasta ahora nunca se habían pronunciado en este sentido». Incluso concretó que «resolvería un problema a las Cortes, ya que una de las principales críticas que ha recibido la Ley de la Memoria Histórica es que no admite la nulidad de las sentencias», y apuntó que «podría ser una resolución muy comentada jurídicamente y con repercusiones en otros casos similares».

La familia amparaba la petición del recurso de revisión en la existencia de otro juicio distinto al del proceso 21.001, el 4.487, incoado en Orihuela, y aportaba nuevas pruebas, como el aval de Juan Bellot, jefe de Falange en Valencia.

Una peregrinación por varias prisiones

El Consejo de Guerra Permanente número 5 de Madrid dictó la sentencia contra Miguel Hernández el 18 de enero de 1940. El fallo recogía la condena a muerte del poeta de Orihuela como autor de un delito de adhesión a la rebelión. No obstante, la pena le fue conmutada posteriormente por la de cadena perpetua y, de hecho, el escritor se encontraba en prisión cuando murió el 28 de marzo de 1942, a los 31 años, en el Reformatorio de Adultos de Alicante. Previamente, el autor de «El rayo que no cesa» había pasado por varias prisiones, como la de Torrijos o la de Conde de Toreno en Madrid, la de Palencia, el Penal de Ocaña o Alicante. A pesar de que el poeta murió enfermo de tuberculosis y que incluso la familia ha reiterado en numerosas ocasiones que el régimen «lo dejó morir», el fiscal recoge en su informe que «falleció por causas naturales».

http://www.diarioinformacion.com/elche/2011/02/05/consejo-guerra-condeno-muerte-poeta-ilegitimo/1091944.html