Estado de excepción
La Junta Electoral de Toledo prohibió una concentración, convocada por el Foro por la Memoria, para el dÃa 8 de mayo
¿Estamos en un estado de excepción? Por muy excepcional que pueda ser la situación actual es evidente que nadie ha declarado en este paÃs el estado de excepción. Esto, lo traigo a cuento ante las prohibiciones al ejercicio del derecho de reunión que algunas juntas electorales están dictando estos dÃas.
SÃ, hay que preguntarse si estamos ante un estado de excepción porque es el único supuesto en el que nuestra constitución contempla la suspensión del ejercicio de los derechos fundamentales. La celebración de unos comicios electorales son un momento trascendental, importante, pero no hay causa alguna para que se suspenda el ejercicio de los derechos ciudadanos y parece que en esta ocasión es lo que está pasando.
El ejercicio del derecho de reunión y manifestación, debemos recordar, es un derecho fundamental, es decir un derecho especial, no hablamos por tanto de un derecho mas, de un derecho mas o menos importante, no, en un derecho consagrado en el titulo primero de nuestra constitución como derecho fundamental en su articulo 21 y este goza o deberÃa gozar de una especial tutela y protección, es importante recordar también que solo cabe suspender estos derechos si media una declaración de estado de excepción o de sitio como reza en el artÃculo 55 de nuestra Carta Magna, caso en el que obviamente no estamos, o también es posible prohibir una concentración si existen razones fundadas de alteración del orden público con peligro para las personas o bienes, supuesto que tampoco puede deducirse de las convocatorias que estos dÃas han sido prohibidas .
¿Qué está pasando entonces, para que las juntas electorales se hallan lanzado esta vez a prohibir el ejercicio de los derechos fundamentales a los ciudadanos?
No debemos pasar por alto estas situaciones, no estamos ante algo anecdótico, el último caso lo tenemos en Madrid con las concentraciones del denominado movimiento 15 de Mayo este aunque con gran repercusión mediática no es el primero ni el único caso perpetrado por las juntas electorales durante estos dÃas.
No hay que irse muy lejos en Toledo podemos mencionar nada menos que tres casos de prohibición al ejercicio del derecho de reunión, motivada según la junta electoral correspondiente por la posibilidad de influir en el proceso electoral en el que nos encontramos inmersos. Es como si las únicas voces legitimadas para hacerse oÃr estos dÃas fuesen las de los partidos polÃticos y esto ni es lógico ni democrático.
El primer caso de suspensión del derecho de reunión le vimos ante la concentración de agentes medioambientales a convocatoria del sindicato CCOO prevista en Toledo el dÃa 3 de mayo, la junta electoral prohibió la concentración por que podÃa interferir en la campaña electoral, curiosamente ni siquiera habÃa dado comienzo la campaña electoral ya que como se sabe ésta comenzó el dÃa 6 de mayo y la concentración estaba convocada con todos los requisitos formales.
Pero dÃas después la Junta Electoral de Toledo nuevamente prohÃbe una concentración, está convocada por el Foro de la Memoria de Toledo para el dÃa 8 de mayo decisión que recurrieron los convocantes logrando en esta ocasión la revocación de la prohibición.
Creo que en ninguno de los casos cabÃa presumir de forma razonable riesgos de alteración del orden público que requirieran la severa y excepcional medida de suspensión del derecho fundamental de reunión.
Pero como no hay dos sin tres también el colectivo Bolo-Bolo de gais y lesbianas de Toledo tenÃa prevista una concentración el dÃa 17 de Mayo contra la homofobia, que la junta electoral también prohibió.
No es razonable y es muy preocupante que la mera convocatoria electoral se convierta en un estado de excepción, por que no lo es, no puede convertirse en un periodo de suspensión de las libertades ciudadanas en la que los únicos que tengan voz y derechos sean las caravanas electorales.
Es un momento de expresión de voluntad popular y el ejercicio del derecho de reunión y manifestación es también la expresión de la voluntad ciudadana que no puede cercenarse ni prohibirse por que está amparado por nuestra constitución como derecho fundamental.
Algo esta pasando con las libertades y la democracia estos dÃas, algo que nos deberÃa hacer reflexionar un poco a los demócratas, incluso indignarnos, porque quizás si que tengan algo de razón los que demandan democracia real quizás solo quizás los hechos les están dando la razón.