Inscripción de defunción de desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura
Disposición adicional octava. Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia
Inscripción de defunción de desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura.
El expediente registral, resuelto favorablemente, será tÃtulo suficiente para practicar la inscripción de defunción de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la represión polÃtica inmediatamente posterior, siempre que, de las pruebas aportadas, pueda inferirse razonablemente el fallecimiento, aunque no sean inmediatas a éste. En la valoración de las pruebas se considerará especialmente el tiempo transcurrido desde la desaparición, las circunstancias de peligro y la existencia de indicios de persecución o violencia
http://www.todoslosnombres.org/doc/documentos/documento509.pdf