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Justicia Internacional y guerra justa, excusatio non petita

Antonio Segura Hernández. Abogado. | 29 julio 2011

El pasado 27 de junio aparecía un artículo en el diario El País, con el título «Justicia Internacional y guerra justa»

 

 

JUSTICIA INTERNACIONAL Y GUERRA JUSTA, EXCUTATIO NOM PETITA…

El pasado lunes 27 de junio, me desperté con el correo electrónico de un compañero jurista, que recomendaba leer un artículo suyo, publicado ese mismo día en el diario El País, con el título “JUSTICIA INTERNACIONAL Y GUERRA JUSTA”,

http://www.elpais.com/articulo/opinion/Justicia/internacional/guerra/justa/elpepuopi/20110627elpepiopi_4/Tes

según desayunaba mi curiosidad transformada en sorpresa se convirtió rápidamente en asombro, para tras una tercera lectura, al haber supuesto que era yo el que no entendía lo que leía,  aparecer una indignante sensación de sosegada pero razonada preocupación, motivo por el cual me decidí a contestar lo que entendí como encendida proclama y provocación  belicista.

El artículo viene firmado por Martín Ortega Carcelén. El diario de Prisa, lo cataloga como profesor de Derecho Internacional en la Universidad Complutense, el periódico curiosamente olvida, o no le parece importante que en la actualidad es Director del Gabinete de Análisis y Previsión de Política Exterior en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

La segunda definición no ocupa mucho más, y lo que si hace es más comprensible la soflama belicista del funcionario y cargo político  en cuestión.

Lo primero que olvida intencionadamente el profesor Director del Ministerio en guerra, tras una introducción apocalíptica que despacha con hipocresía, es la propia obligación que tiene su gobierno, y su Ministerio  con el cumplimiento del derecho internacional. Si todo lo que describe se da, es por que no se utilizan por parte de los gobiernos  las leyes existentes y que él conoce para evitar la piratería, el tráfico de drogas , o la persecución de los crímenes contra la humanidad, y todo ello por que de esas ilegalidades se nutren políticos y estados corruptos a los que desde el Ministerio para el que el profesor trabaja, se les venden armas  y se les facilitan negocios inconfesables, por eso como él dice  “plantean el grave problema político de cómo acabar con ellos y el problema ético y jurídico de cómo castigar a quienes los perpetran,…”

Si su gobierno fuera firme en la aplicación efectiva del derecho internacional, de sus normas, y los delincuentes, en virtud de principios hoy claramente asumidos por nuestra legislación como el de Jurisdicción Universal, fuesen llevados ante los tribunales, no habría problema ni político ni ético que lo frenase, a no ser que existan compromisos por encima de las normas jurídicas que no se confiesan, y que colocarían al propio estado en una situación similar a la del delincuente.

Lo segundo que olvida, o no quiere ni ver, para justificar su soflama belicista, es el artículo 1.1 de la carta de naciones unidas:

1.1.       Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz.

Este es el principio de los principios, lección 1 tema 1, de cualquier curso de derecho internacional público, el profesor de la materia lo olvida, o lo oculta, el Director en estrategia bélica se impone, y lanza el primer mensaje militarista que recuerda las justificaciones imperialistas de Carl Smichtt, “La defensa de nuestros valores y nuestras sociedades exige a veces el uso de la fuerza armada”, que miedo, el añadido es mío. Que miedo, por que no lo dice el militante nacionalsocialista, si no un profesor de derecho penal internacional con una responsabilidad política en un gobierno socialista.

Querido profesor, usted sabe, aunque dice lo contrario, que la Justicia internacional  no es un concepto difícil de aplicar, y no lo es por que se viene aplicando desde Nürenberg  hacia nuestros días sin interrupción, se vienen condenando por genocidio a los lideres de la Alemania Nazi, de la Francia colaboracionista, de la Italia Fascista, incluso en España se ha condenado por crímenes contra la humanidad  a algún militar argentino, al igual que en la Ex Yugoslavia o en Bosnia y Kosovo, también  por crímenes de guerra, o en Israel, o en Holanda, o en Ruanda (donde recientemente se ha dado la primera sentencia contra una mujer por crímenes contra la humanidad) etc. Los únicos que negaban, -hasta ahora-,  la eficacia del derecho internacional y de sus tribunales son los criminales que intentan de este modo hacer impunes sus crímenes, y así se lo escuchamos a los defensores de Adolf Eichman, de  Adolfo Scilingo, de Milosevich,  y de  Klaus Barbie. Los delitos están tipificados, el derecho existe, y los tribunales de Francia, Alemania, Israel , España, entre otros han demostrado su eficacia,  siempre que ha existido voluntad política de dejar actuar a la Justicia. Por lo tanto es una falacia  que “un sistema de jurisdicción universal no es realizable por el momento.”Existe y es de plena aplicación, no solo en nuestro país como queda acreditado con la sentencia mencionada del caso Scilingo, si no en el resto de Europa y países afines donde se han conseguido las sentencias enunciadas y otros cientos más.

Estimado profesor, tampoco es cierto que “España solo participa en acciones internacionales aprobadas por la ONU”,  (Consejo de Seguridad) -el paréntesis es nuestro-, todo el mundo sabe que la guerra de Iraq y la resolución que los agresores, incluido España, intentaron utilizar como tal, no existe,

7 DE MARZO 2003.
EEUU, Reino Unido y España presentan un proyecto de resolución dando a Sadam un ultimátum para desarmarse antes del 17 de marzo o hacer frente a una posible guerra. Francia no lo acepta.

15 DE MARZO.
Francia, Rusia y Alemania hacen un llamamiento al diálogo para establecer plazos para el desarme iraquí, pero Bush insiste en que el 17 de marzo es el último día para votar una segunda resolución. Ese día, el secretario general de la ONU, Kofi Annan, ordena la evacuación de todo el personal de Naciones Unidas en Irak, y el programa Petróleo por Alimentos queda suspendido.

20 DE MARZO.
EEUU lanza un ataque contra objetivos estratégicos en Bagdad. Comienza la guerra.

Luego ha existido mucha literatura sobre el tema, los juristas adeptos al Partido Popular, han intentado engañar con que fue la continuidad de las resoluciones de la primera Guerra del Golfo, las que amparan la rotura del alto el fuego y la agresión, y cosas por el estilo. Lo que es objetivo es que no hay resolución y la agresión se da, EEUU. Rino Unido y España, (foto de las Azores) invaden Irak.

En cuanto a lo de Libia, no me extenderé, la resolución 1973,

http://www.voltairenet.org/Resolucion-1973-aprobada-por-el

aprobada, si,  por el Consejo de Seguridad, 10 votos a favor 5 en contra, autoriza a los estados miembros a tomar todas las medidas necesarias para impedir el vuelo de los aviones de Gadafi y asistir a los civiles. Punto, excluye textualmente el uso de la fuerza de ocupación.

Pero lo importante, y eso debe quedar claro aunque al estratega belicista no le interese, es que cuando no existe  resolución del Consejo de Seguridad, la agresión es ilegal, por muy tirano terrorista y malo malísimo que sea el enemigo. Y aún cuando existe resolución del Consejo, hay que ceñirse al contenido de la misma, no pudiendo excederse del mismo, y lo que es más importante, por muy autorizado que esté el uso de la fuerza por dicho Consejo de Seguridad, las fuerzas que van hacer efectivo ese uso de la fuerza autorizado y motivado, no pueden apartarse de las normas del  iusbellum, del derecho internacional humanitario, aún en ese contesto las guerras, las odiosas guerras tienen sus normas, y aunque exista autorización, las fuerzas actuantes pueden cometer crímenes de guerra.

Por lo tanto es incalificable justificar el crimen de Osama Bin Laden, como hace el profesor y el medio que le publica, pero es más injustificable buscar amparo legal en ello, pues el mismo tampoco existe, y la supuesta justificación se convierte en apología del delito. Que miedo, un profesor de derecho penal internacional , funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores del reino de España, haciendo apología del asesinato extrajudicial, y un periódico como El País, haciendo de tribuna, insisto que miedo. “ La operación norteamericana que acabó con Bin Laden debe situarse en el contexto de una guerra defensiva” , dice el primero y publica el segundo.

El tema dos de la lección primera de cualquier curso de derecho internacional es la Declaración Universal de Derechos Humanos. http://www.un.org/es/documents/udhr/

Siempre recomiendo su lectura, lo contrario que nuestro querido profesor, solamente trascribiré el artículo 10, “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.”

Pero es más no contento con esconder este derecho inherente a todo ser humano, tambien a los terroristas, el profesor belicista intenta justificar la extraterritorialidad de la intervención de los sicarios norteamericanos en una supuesta efectividad alegando que “EEUU arriesgaba el éxito de una defensa para la que estaba legitimado si comunicaba su plan”  Por supuesto no explica que es lo que  legitima a EEUU a asesinar a quien quiera sin un juicio justo. Intenta introducir en la misma frase donde justifica un asesinato, el concepto legitima defensa y proporcionalidad, pero les da un significado que dese luego no es el jurídico, dice.” Los ataques terroristas obra de Bin Laden eran tan graves que la reacción estadounidense fue adecuada.”  Y SE QUEDA TAN FRESCO. Ataques terroristas graves, no es grave el ataque a la T4 en el aeropuerto de Barajas, o el atentado en los trenes el 11 de marzo de 2004¿eso justifica el asesinato extrajudicial de sus autores?¿quien pone el medidor de la gravedad querido profesor? ¿Sabe usted si el asesinado era Bin Laden? ¿Murió a quema ropa? . Pierde usted toda la credibilidad intentando hablar de proporcionalidad en un asesinato extrajudicial como éste.

En vez de calificar al sistema  formalmente imperante en los estados europeos como ESTADO DE DERECHO, utiliza el eufemismo de “sistema policial judicial”, más típico de los textos USA, y lo hace para rechazarlo en cuanto bueno para nosotros pero descartable para otros, para los bárbaros, para el enemigo. En esta parte de su artículo lo que pretende justificar es de nuevo, el delito, es decir justificar  que las fuerzas armadas españolas destinadas en el extranjero puedan inhibirse e ignorar las CONVENCIONES DE GINEBRA,

http://www.icrc.org/web/spa/sitespa0.nsf/html/genevaconventions

normas de obligado cumplimiento para cualquier Estado, por muy “legal” que sea su guerra, por muy “malo” que sea su enemigo. Intenta crear, el funcionario belicista con piel de profesor, espacios de impunidad. Dice: “ España participa actualmente en tres operaciones militares que cuentan con autorización de N.U. … …. En todas estas operaciones, el uso de la fuerza armada  debe ser restringido y necesario, pero las consecuencia de muerte que produzca, con ser siempre dolorosas, están legitimadas por el derecho internacional.” Falso, muy falso, inaceptable, en el enlace que acabo de proporcionar vienen tosas las Convenciones de Ginebra y sus anexos, incluso vienen videos de cómo deben comportarse los ejércitos cualquier ejercito, también el español. Si los españoles destinados en cualquiera de esos conflictos legales o ilegales, con autorización del consejo de seguridad o sin ella, incumplen alguna de esas normas, se convierten en delincuentes, y sus actos deben ser juzgados por un tribunal, como crímenes de guerra o como lo que sean, el CONSEJO DE SEGURIDAD no es una patente de corso, que autorice a delinquir, asesinar periodistas, a violar, a atacar a población civil, a torturar a prisioneros, a detenerlos y ocultarlos en islas al margen del derecho, no funcionario no engañe, usted lo que hace es apología del delito, intenta crear espacios de impunidad para sus mercenarios, los cuales saben que están cometiendo esas violaciones de las Convenciones de Ginebra y les apoyamos en Libia, los mercenarios no son sólo los de Gadafi, también los que dirigen a esos supuestos insurgentes a los que la resolución mencionada no autoriza a armar, pero que alguien arma ilegalmente.

Insiste: “La fuerza justificada a veces es el único medio de responder eficazmente al crimen internacional”

El problema es que con justificaciones como la suya, responder al crimen con el crimen, en la historia a lo único que ha llevado es a la espiral de violencia que se autojustifica, y en la que siempre pierden los mismos, los civiles, los ciudadanos, y en la que siempre ganan los mismos, los fabricantes de armas.

Y el “profe” belicista se calienta: “ Frente a un esquife, (embarcación somalí) cargado de ametralladoras y lanzagranadas poco valen los argumentos, sino que hay que usar las armas”

Pobre argumento, pero califica a su autor. Me sorprende que el País publique esto, me sorprende que lo publique alguien que no sea la “revista de la legión”, pero una vez publicado, lo dicho, dejarlo sin contestar sería carecer de principios. NO, querido amigo, los argumentos no sobran nunca, al menos un jurista, un universitario, no puede decir eso e irse a su casa tranquilo. Mire, el argumento es el siguiente, por supuesto antes de llegar al esquife ese lleno de ametralladoras y lanzagranadas, ¿alguien a tenido que vender esas armas a los supuestos piratas? No le parece, o es que no se ha hecho esa pregunta, por que, que yo sepa en Somalia no se fabrican. ¿O es que si conoce la respuesta? , quizá  los que las fabrican y se las venden,  subvencionan alguna publicación en la cátedra  en la que usted imparte toda esta desinformación, o pertenecen a alguna empresa del Estado para el que usted diseña estrategias desde el Ministerio de Exteriores. En Somalia, el famoso dicho de no les des el pez dales la caña, se ha cambiado por el de quitadles el pez y vendedles una ametralladora y lanzagranadas, luego gastándonos una pasta de los ciudadanos ya mandamos allí a unos soldados de fortuna para hacer el paripé. Mientras tanto los niños en Somalia se mueren de hambre y los obreros españoles subvencionan estos negocios belicistas. Claro faltaba el profesor que lo justifique, eh aquí.

Antes de justificar la fuerza para acabar con los terroristas, los genocidas, los piratas, los traficantes etc. Lo que hay que usar es la ley, para que no sean encumbrados, amparados, subvencionados, a costa de la vida y la libertad de los ciudadanos. El terrorista Bin Laden no existiría si la CIA no le hubiese adiestrado y mantenido económicamente durante años, con el “fin legitimo” de guerra justa contra el comunismo, tampoco hubiese existido el “genocida”  Pinochet, ni el amigo que plantó la haima en el Pardo.

Si aún y todo, hubiera que usar la fuerza, la misma solamente puede ser autorizada por el Consejo de Seguridad, sin excederse del mandato de la resolución, y siempre, SIEMPRE observando en la intervención las normas de derecho internacional, sin atajos, sin espacios de impunidad, sin mentiras. Las Convenciones de Ginebra y sus anexos están vigentes, su inobservancia conlleva la comisión de delitos, para los que los tribunales, como la Audiencia Nacional en España, están capacitados y legitimados para actuar y juzgar.

Las misiones españolas en el extranjero, cuando incumplan de alguna manera el derecho internacional, podrán y deberán ser juzgadas por esos crímenes, por mucho que su participación esté amparada en resolución del Consejo de Seguridad. Y esto lo deben saber las tropas, los pilotos que bombardean, y todo el personal que participa en esas misiones. Decir lo contrario es intentar hacer ver que tienen que ignorar esas normas y ese derecho, que existe y que es aplicable.

Por lo tanto, hablar de  guerra justa junto derecho internacional, parece más querer  excusar  una guerra, que es lo que ha intentado, espero sin éxito, nuestro querido profesor. Podemos hablar de guerra autorizada, lo cual no la excusa de cumplir con el derecho internacional, el iusbellum. Hasta la guerra tiene sus normas, y las mismas deben ser conocidas por todos, y más por los que las hacen y  están obligados por profesión a enseñarlas. No obstante leído el artículo de profesor Martín Ortega Carcelén, y su excusa no pedida, llego a la conclusión de que alguien tiene miedo de que las misiones españolas en el extranjero puedan cometer crímenes de guerra, estaremos por ello pendientes y a disposición de todos aquellos que puedan sufrir como víctimas de  dichos delitos. Malditas las guerras y los que viven de ellas.

Antonio Segura Hernández. Abogado.

www.antonioseguraabogados.com