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Comunicado de prensa – Auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS)

Rights International Spain, 29/03/2012 | 31 marzo 2012

Sobre la cuestión de competencia planteada por los Juzgados de Instrucción de Granada y de San Lorenzo del Escorial

 

 

Madrid, 29 de marzo de 2012

Hoy se ha hecho público el Auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) resolviendo la cuestión de competencia planteada por los Juzgados de Instrucción nº 3 de Granada y nº 2 de San Lorenzo del Escorial, que estaban pendientes desde hace prácticamente tres años.

En este Auto, el TS resuelve la cuestión de competencia en favor de los juzgados territoriales, ratificando con ello la incompetencia de la Audiencia Nacional. En la mayoría de sus razonamientos, no obstante lo mantenido en general por los dos Juzgados señalados, el TS se remite a sus posicionamientos en la Sentencia de 27 de febrero de 2012, en la causa contra Baltasar Garzón.

Así, expresamente se reafirma en la negativa, incluso conceptual, de configurar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo como crímenes contra la humanidad; reiterando que todos los crímenes denunciados estarían prescritos y/o amnistiados. En definitiva, confirma la negativa a aplicar toda interpretación normativa acorde con el Derecho internacional. En consecuencia, nuestras organizaciones reiteran su rechazo a este posicionamiento del TS, como ya hicimos en relación con la Sentencia de 27 de febrero.

A pesar que lamentamos una vez más la oposición (ya expresado en la Sentencia de 27 de febrero) a toda posibilidad de investigar, en sentido estricto y en sede judicial, los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo, en el Auto hecho público hoy, el TS se refiere expresamente a “los derechos de las víctimas de violaciones de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, invocando diversos documentos internacionales clave. Y en este sentido, invoca el derecho de las víctimas y la obligación de los Estados, de “búsqueda de […] los cadáveres de las personas asesinadas, y la ayuda para recuperarlos, identificarlos, si fuera necesario, y volver a inhumarlos según el deseo explícito o presunto de la víctima”.

Nos congratulamos por esa evocación, sobre todo porque el TS parece finalmente aceptar el derecho “de acceso a una reparación adecuada”, según sus propias palabras. Y además porque advierte –aunque no con la claridad e incondicionabilidad que exige el Derecho internacional- que el mismo puede darse, aun parcialmente, también en el seno de un proceso penal; a diferencia de lo mantenido en la Sentencia de 27 de febrero y de lo que han venido afirmando múltiples instancias territoriales.

Por ello, y sin renunciar a ninguna de las posiciones que venimos defendiendo frente a la postura del TS, y que continuaremos demandando ante las instancias nacionales e internacionales pertinentes, nuestras organizaciones expresamos la exigencia y confianza:

–En que a partir de este Auto, las instancias territoriales establezcan una clara formulación del derecho a la reparación, según los estándares internacionales, vinculándolo adecuadamente también con el derecho a la justicia y la verdad.

–Que, cuando menos, se adopten las diligencias judiciales necesarias para asegurar las pruebas, practicar análisis de los restos para determinar si el fallecimiento fue por muerte violenta, estudiar la fecha de la muerte, identificar a las víctimas, y entregar sus restos a sus seres queridos.

–Que estas actuaciones no se limiten a los Juzgados que plantearon la cuestión de competencia, sino también a las causas en suspenso por decisión de la Audiencia Provincial de Pontevedra.

–Que en todos los procesos sobreseídos provisionalmente, los jueces reaperturen de oficio las causas para satisfacer el derecho de las víctimas, y el deber del Estado, a la debida reparación, la verdad y la justicia.

En y para todo ello, seguiremos trabajando.

Rights International Spain, Grupo de Trabajo por la Justicia Internacional y los Derechos Humanos es una iniciativa independiente conformada por juristas especializados en derecho internacional, justicia transicional y derechos humanos. El objetivo de RIS es lograr la vigencia de la legalidad internacional y el respeto de los derechos humanos en España.

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