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Memoria / Condena

Francisco Pimentel Sánchez. LaVoz de Ronda, 10.03.2012 | 14 marzo 2012

Según testigos hay en Ronda 19 fosas comunes, cada una con 2 ó 3 ó más fusilamientos

 

 

MEMORIA/CONDENA

LA VOZ DE RONDA

Francisco Pimentel. Asociación Memoria Histórica de Ronda, asociacionmemoriahistoricaronda@yahoo.es

 

El próximo 14 de Marzo es el 75 aniversario de uno de los fusilamientos masivos que llevaron a cabo los fascistas como método de exterminio y terror. Según testigos hay en Ronda 19 fosas comunes, cada una con 2 ó 3 ó más fusilamientos como el efectuado el 14 de Marzo del 1937 que reproducimos literalmente:

En Málaga a diez de Marzo de 1937.- RESULTANDO que el Consejo de Guerra Permanente reunido hoy para ver y fallar la causa seguida contra José González Ruiz, José Rubio Mena, Juan Ruiz Ramírez, Salvador González López, Joaquín Corona González, José Rodríguez González, Rafael García Rendón, Salvador Guerrero Márquez, Ana Medina Marín, José Gallardo García, Manuel Muñiz Ortega, Juan Corona González, Manuel Rodríguez González, José Rodríguez Oliva, Gregorio Badillo Galindo, Andrés Troyano Palmero, José del Río del Río, Francisco Pimentel López, Agustín Heredia Lermo, Manuel Cañestro Ruiz, Manuel del Valle del Valle, Antonio Anillo Bernal, Antonio Avilés López, Antonio González Marín, Francisco Piedra Palmero, Francisco Ruiz Rodríguez, Luis Rodríguez Guerrero, Salvador Pinzón Jiménez, Francisco Cañestro Camacho el olivares, Francisco Cañestro Camacho el niño, Salvador Ríos Jiménez, Alonso Camara Becerra, José Rodríguez Cañestro, Carmen Doña Guerrero, Francisco García Palmero, Francisco García Blanco, Enrique Sánchez Gutiérrez, José Jiménez Montero, Salvador Amaya Cortés, Julio Medina Barea, Francisco Badillo Rasero, Juan Guerrero Pérez, Francisco Caballero Amaya, Manuel Herrera Díaz, Antonio Corona González, Josefa Cañestro Camacho, Francisco Rosillo González, Rafael López García, Diego Román Gil, Pedro Jiménez Tenorio, condena a los cuarenta y cuatro primeros procesados a la pena de muerte y a los dos siguientes a la pena de reclusión perpetua, como autores del delito de rebelión militar que sanciona el art. 238.2 del Código de Justicia Militar y a los cuatro últimos procesados a la pena de doce años y un día de reclusión temporal como autores del delito de auxilio a la rebelión que sanciona el artículo 240 de dicho texto legal.- CONSIDERANDO: Que no existe injusticia notoria en la apreciación que de la prueba hace el Consejo siendo acertada la calificación de los hechos e impuesta la pena dentro de los límites que marca la Ley.- Visto el Decreto nº 55 en relación con el nº 191.- APRUEBO: la sentencia dictada que por tanto es firme, comuníquese el fallo al Sr. Comandante Militar de Ronda a efectos de ejecución de las penas de muerte, solicitando noticias del cumplimiento del mismo y en su día se proveerá sobre declaración de responsabilidad civil que hace el Consejo.- Volviendo lo actuado a su instructor para notificación y cumplimiento.- Hay cinco firmas ilegibles y rubricadas. Hay un sello circular en tinta color violeta que dice: Comisión de Examen de Penas Málaga.

De los 50 condenados ese día 3 son mujeres, 2 de ellas condenadas a muerte y la otra a cadena perpetua. Todos eran personas honradas, trabajadoras y valientes. De algunos tenemos datos, de los demás deseamos que sus familias hayan podido superar el miedo que les caló hasta el alma para que nos cuenten la verdad, se haga justicia y se proceda a la reparación de su vida en la memoria histórica de Ronda.