Valladolid: Una sentencia recuerda el «deber legal» de sustituir los nombres franquistas de las calles
El fallo, sin embargo, desestima anular el pleno municipal que rechazó cambiar las denominaciones
– J. SANZ | VALLADOLID
Una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 2 recuerda el «deber legal» de las administraciones de aplicar el artÃculo 15 de la Ley de la Memoria Histórica, por el que están obligadas a retirar los sÃmbolos y nombres franquistas, a pesar de que el propio fallo desestima la pretensión de la Plataforma por la Retirada de los SÃmbolos Franquistas de anular el acuerdo del pleno municipal del 18 de julio de 2010, en el que el equipo de Gobierno rechazó precisamente cambiar las denominaciones franquistas del callejero.
El fallo, en definitiva, viene a decir un sà pero no que en la práctica supondrá que todo seguirá como está. La jueza, eso sÃ, aclara que la citada ley, impulsada por el PSOE en 2007, no establece plazos concretos para su ejecución y explica que para que pueda aplicarse, en el caso de una administración local, deberÃa promulgarse previamente «una ordenanza que establezca el procedimiento a seguir que permita el cumplimiento del mandato legal».
El portavoz de la plataforma e impulsor en aquel pleno de la moción –presentada por IU y apoyada por el PSOE–, el exconcejal Alfonso Sánchez, anuncia su intención de recurrir el auto ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y advierte de que «el tema de la ordenanza de la que habla la jueza es absurdo dado que en esta ciudad el alcalde tiene la potestad de modificar los nombres al no tener delegada esa competencia en el pleno como sà ocurre en otros ayuntamientos».
La sentencia, de apenas tres folios y que llega año y medio después de la presentación del contencioso, justifica la desestimación del recurso en la ausencia de un «elemento procedimental», como serÃa la citada ordenanza, que serÃa necesaria para aplicar el «deber legal» de cambiar las denominaciones franquistas. Y esa falta de un medio que deberÃa promulgar la propia administración es la que avalarÃa la negativa a cumplir el artÃculo 15 de la Ley de la Memoria Histórica. A esta aparente contradicción se agarrará a buen seguro la plataforma para solicitar de nuevo la nulidad de aquel pleno ante el TSJ.
¿Qué ocurrirÃa si al final se anula? El exedil aclara que «el debate volverÃa al pleno y obligarÃa al equipo de Gobierno a cambiar la lÃnea».
El alcalde, que se ha mostrado partidario de «no mover» los nombres en múltiples ocasiones, declinó este martes valorar la sentencia alegando que desconocÃa aún su contenido. El mapa del callejero franquista elaborado por la plataforma recoge 26 nombres de calles y más de tres centenares de sÃmbolos en la ciudad.