Sanciones, plazos y denuncias de oficio: 30 claves de la Ley de Memoria Democrática de AndalucÃa
El Consejo de Gobierno andaluz autoriza el trámite del anteproyecto de una ley memorialista que supera a la norma estatal
El Consejo de Gobierno andaluz autoriza el trámite del anteproyecto de una ley memorialista que supera a la norma estatal y amplÃa el concepto de vÃctima de la represión, persigue la anulación de los juicios del franquismo y asume la exhumación de fosas comunes.
Con el mes de junio como fecha prevista de aprobación definitiva, el texto legal asume retos como la inclusión de la memoria histórica en el currÃculo educativo y la prohibición de simbologÃa y manifestaciones de carácter fascista.
La Junta de AndalucÃa establece sanciones por incumplimiento del nuevo régimen jurÃdico para una ley que parte, al menos de momento, con la traba de la austeridad presupuestaria.
Una ley coincidente en las recomendaciones de Naciones Unidas al Gobierno español. Un texto que supera a la legislación estatal vigente y extiende su marco temporal de 1931 a 1982. AmplÃa el concepto de vÃctima a familiares, niños robados e internados en campos nazis. ProhÃbe la simbologÃa fascista y obliga a su retirada. Persigue la anulación de los juicios del franquismo. Faculta a la Administración autonómica para denunciar crÃmenes de acuerdo al principio de justicia universal. Incluye el estudio memorialista en el currÃculo educativo.
Estos, y otros retos –que deben casar, al menos de momento, con la austeridad presupuestaria (unos 800.000 euros en el presente ejercicio)–, quedan recogidos en el nuevo marco legal que ha arrancado con la tramitación del anteproyecto de Ley de Memoria Democrática de AndalucÃa autorizada por el Consejo de Gobierno de la Junta. Como fecha prevista de aprobación definitiva, una vez recorrido el proceso parlamentario, el Ejecutivo andaluz marca el próximo mes de junio. Hasta entonces, el texto queda abierto a la aportación de asociaciones y partidos polÃticos.
Se trata de una legislación con la que AndalucÃa asume el «deber del Estado» de reconocer a las vÃctimas del franquismo bajo los principios de «verdad, justicia y reparación». Es, en palabras del vicepresidente de la Junta, Diego Valderas, un régimen jurÃdico autonómico «contra el olvido y el silencio que pretende cicatrizar las heridas aún no cerradas».
Asà será, en 30 claves, la Ley de Memoria Democrática de AndalucÃa.
1- Transversalidad. Texto gestado con carácter transversal que implica a siete consejerÃas en función de sus competencias: Administración Local (de la que depende la dirección general memorialista), Justicia e Interior, Turismo y Comercio, Salud, Hacienda y Administración Pública, Educación y Cultura y Presidencia
2- Periodo. Abarca Segunda República, guerra civil, dictadura franquista y transición a la democracia hasta la entrada en vigor del Estatuto de AutonomÃa de AndalucÃa. Es decir, del 14 de abril de 1931 al 11 de enero de 1982, extendiendo asà el horizonte temporal marcado por la ley estatal de memoria histórica.
3- Ampliación del concepto de vÃctima del franquismo, que incluye fusilados, guerrilleros, condenados, exiliados, familiares de desaparecidos y represaliados, y suma niños robados y recluidos en campos de concentración nazis.
4- Elaboración de un censo de vÃctimas de la represión en AndalucÃa.
5- El 14 de junio se fija como dÃa de homenaje a las vÃctimas, en conmemoración de la primera exhumación con luz y taquÃgrafos en 2003 en LecrÃn (Granada).
6- Fosas del franquismo. La Junta realizará, de oficio, las actuaciones de localización, recuperación e identificación asumiendo ese «deber del Estado» de rescatar a los desaparecidos forzados, vÃctimas de crÃmenes de lesa humanidad.
7- Elaboración de un mapa de fosas que complete al actual, con 614 enterramientos registrados y unos 60.000 desaparecidos.
8- Expropiación temporal del uso de terrenos cuando estén en una propiedad privada para exhumaciones cuando el propietario no consienta la actuación exhumatoria.
9- Nuevo protocolo para exhumación, traslado y custodia de restos hallados en fosas comunes en concordancia a lo establecido por Naciones Unidas.
10- Inscripción en el Registro Civil de la defunción de los desaparecidos.
11- La Junta constituirá un Banco de ADN. Se realizarán pruebas genéticas que permitan la identificación de los restos óseos hallados en fosas.
12- Justicia. Denuncia de oficio por parte de la Administración ante los órganos judiciales cuando existan indicios de comisión de crÃmenes de lesa humanidad en localizaciones o identificaciones.
13- SimbologÃa fascista. Se fija un plazo de 18 meses para retirar escudos, placas y otros elementos alegóricos, como el nombre de calles, plazas y avenidas que exalten el franquismo. La Junta puede efectuar la retirada de manera subsidiaria.
14- No se consideran razones artÃsticas para mantener elementos de corte franquista, a diferencia de la ley estatal; una obligación que recae también en instituciones privadas, incluida la iglesia.
15- La ley limita los actos públicos de ensalzamiento, que deben ser prevenidos y evitados por las administraciones andaluzas si entrañan descrédito, menosprecio o humillación a las vÃctimas o suponen exaltación del fascismo.
16- Sanciones. La Junta no subvencionará o dará ayudas públicas a las personas fÃsicas o jurÃdicas, públicas o privadas sujetas a sanción. Muy graves: construcción o remoción de terrenos donde haya fosas sin autorización, de 10.001 a 150.000 euros. Graves: incumplir la orden de retirada de simbologÃa fascista, no conservar lugares de memoria, traslado de restos humanos sin autorización o no informar de su hallazgo casual, de 2.001 a 10.000 euros. Leves: no atender la prohibición de exhibir en público elementos franquistas, impedir la visita o dañar espacios de memoria, de 200 a 2.000 euros.
17- Nulidad de sentencias judiciales. El Consejo de Gobierno andaluz instará al Gobierno de España para la declaración de nulidad de los tribunales del franquismo.
18- Impulso de medidas de reconocimiento a quien sufrió trabajos forzados: serán medidas de reconocimiento a las personas que fueron usadas como mano de obra esclava en diferentes construcciones públicas y privadas. La Junta quiere que las empresas entonces implicadas participen en el resarcimiento público de estas personas.
19- Educación. La Memoria Democrática se inserta en el currÃculo de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Educación Permanente de adultos e impulsa la colaboración con universidades para su inclusión. El objetivo es la revisión de contenidos para garantizar información rigurosa sobre la época, basada en investigación historiográfica.
20- El Gobierno andaluz impulsa las medidas necesarias para recuperar el patrimonio documental incautado por las fuerzas golpistas en AndalucÃa. En el plazo de doce meses desde entrada en vigor ley se designará una comisión técnica que realizará una investigación sobre la desaparición de fondos documentales públicos de AndalucÃa. Las conclusiones serán públicas. El Gobierno de la Junta emprenderá acciones para que el patrimonio documental perteneciente a la Administración del Estado en relación con Memoria Democrática de AndalucÃa se transfiera al Archivo General de AndalucÃa.
21- Archivos públicos o privados, nacionales o extranjeros, originales o reproducciones. Se establece un programa anual, acorde a la disponibilidad presupuestaria, para su adquisición, copia o suscripción de convenios.
22- Creación de un Catálogo de Lugares de Memoria Democrática, espacios con vinculación a la represión y resistencia al golpe de Estado, la dictadura y la AutonomÃa andaluza. A los 16 existentes se añadirán 34 nuevos.
23- Tendrán un grado de protección para garantizar su conservación. La Junta tiene que autorizar cualquier modificación y los planes urbanÃsticos deben tener en cuenta estos lugares.
24- Incluye también la figura del Sendero de Memoria, un conjunto de dos o más lugares vinculados.
25- Plan Andaluz de Memoria Democrática. Con carácter cuatrienal y planes anuales aprobados por el Parlamento. Priorizará las medidas y actuaciones exhumatorias y concretará polÃticas como la recuperación de documentos y testimonios orales.
26- Instituto de Memoria Democrática. Se creará para el estudio, investigación e impulso de las medidas establecidas en la ley mediante decreto del Consejo de Gobierno, que definirá su estructura y competencias. Servicio administrativo con gestión diferenciada y dependiente de la consejerÃa del ramo.
27- Se crea el Consejo andaluz de Memoria Democrática como órgano de participación.
28- Entidades locales. Colaboración entre Junta y ayuntamientos en la aplicación de la ley. Se dignificarán las fosas de los cementerios. Si una entidad local incumple sus obligaciones, recibirá advertencia y un mes de plazo para subsanación.
29- Reconocimiento al movimiento asociativo, como impulsor y sostén de la actividad memorialista.
30- Creación de un registro andaluz de entidades de memoria, con el requisito de ser una entidad sin ánimo de lucro y que tenga su ámbito de actuación y sede social en la comunidad andaluza.
http://www.eldiario.es/andalucia/Ley-Memoria-Democratica-Andalucia_0_237627320.html