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Baltasar Garzón demanda al Estado por el ‘dinero rojo’ incautado por Franco

El País, 24-06-2016 | 26 junio 2016

2008-12-04_IMG_2008-11-27_01.41.41__1069051El exjuez representa a más de 100 afectados que reclaman el equivalente a medio millón de pesetas en 1936 más los intereses

 

 

NATALIA JUNQUERA

Madrid 24 JUN 2016

Baltasar Garzón y el despacho Amparo Legal han presentado una demanda de responsabilidad patrimonial al Estado para la devolución del dinero de la República incautado por Franco. Representan a más de un centenar de afectados y la cifra reclamada asciende a medio millón de pesetas de la época, cuyo pago debería ser «actualizado en euros más los intereses», según su reclamación. El monto total del dinero republicano incautado durante la Guerra Civil por el ejército franquista ascendió, según consta en un informe del Banco de España de 1938, a 35 millones de pesetas, el equivalente hoy a unos 3.022.496.400 euros.

La demanda recuerda el decreto ley del 12 de noviembre de 1936 y el decreto de agosto de 1938 por los que se creaba el «Fondo de Papel Moneda puesto en circulación por el enemigo» y se establecía que la mera tenencia del dinero puesto en circulación por el Gobierno republicano con posterioridad al 18 de julio de 1936 sería considerado como acto de contrabando.

La normativa entró en vigor de forma inmediata tras la decisión de la Junta de Defensa Nacional constituida en Burgos el 24 de julio de 1936. A partir de ese momento, explican los abogados, coexistieron dos monedas diferentes según la zona de España y quién gobernaba en ella. La peseta republicana dejó de tener curso legal y para que los billetes emitidos con anterioridad fueran considerados legítimos tendrían que llevar una estampilla. «El cúmulo de requisitos que se exigían hacían casi imposible la entrega y ponían en grave riesgo a las personas que se identificaran como titulares del llamad Papel Moneda puesto en circulación por el enemigo».

El paso del tiempo

En enero del año pasado, ambos despachos de abogados presentaron ya una reclamación administrativa dirigida al Consejo de Ministros solicitando la «indemnización patrimonial de los perjudicados», amparándose en el derecho «a no ser discriminado por cualquier actuación procedente de los poderes públicos» y en la «imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad que se concretaron en las incautaciones individualizadas». El 18 de noviembre del año pasado, el Consejo de Ministros desestimó la reclamación. Reconocía la existencia del daño, pero alegaba el paso del tiempo para rechazar una compensación que, según el Gobierno, debería haberse planteado en el plazo de un año desde que se publicó la Constitución española, es decir, hasta el 29 de diciembre de 1979.

Los abogados decidieron presentar un recurso contencioso-administrativo en enero de 2016 y ahora una demanda por la que exponen sus argumentos ante el Tribunal Supremo. El escrito destaca que la privación de dinero a las familias republicanas se realizó «de forma coactiva» porque solo tenerlo era considerado un delito de contrabando. Añaden que la moneda incautada no fue destruida y que su valor fue reconocido por la Administración, en informes del Banco de España y en la propia constitución con ese dinero de un fondo llamado Papel Moneda.

Finalmente, la demanda recuerda que leyes dictadas 50 años después de la incautación han reconocido derechos de otros perjudicados por hechos similares, como sindicatos o partidos políticos, pero nunca a particulares.

En Alemania, los judíos reclamaron los bienes que les habían arrebatado los nazis en las comisiones de compensación creadas nada más terminar la Segunda Guerra Mundial. Los que perdieron aquella oportunidad todavía reclaman sus bienes por la vía judicial, sobre todo, obras de arte. También se establecieron modelos de reparación de expropiaciones para dictaduras comunistas. En la antigua URSS, por ejemplo, se incautaron todos los bienes de la Iglesia, que con el tiempo ha recuperado su patrimonio.

http://politica.elpais.com/politica/2016/06/24/actualidad/1466760668_505992.html?id_externo_rsoc=FB_CC