El Juzgado de lo Contencioso permite a San Leonardo mantener el de ‘Yagüe’
Desestima la demanda del abogado Eduardo Ranz, quien apelaba a la Ley de Memoria Histórica
San Leonardo de Yagüe podrá mantener su ‘apellido’. Asà lo ha determinado en primera instancia el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, que desestima la demanda del abogado Eduardo Ranz, quien apelando la Ley de Memoria Histórica, pretendÃa que la referencia al militar Juan Yagüe, que participó en el alzamiento militar de 1936, despareciera.
El juzgado desestima la demanda y condena en costas al demandante. El magistrado Carlos Sánchez considera que Eduardo Ranz carece de legitimación activa, es decir, no acredita un interés legÃtimo que fundamente sus peticiones.
No obstante, la sentencia analiza también qué habrÃa ocurrido de no haberse estimado esta falta de legitimación y concluye que se habrÃa desestimado la demanda, debido a que el pleno del Ayuntamiento de San Leonardo alcanzó un acuerdo en abril de 2016 sin hacer referencias al papel de Juan Yagüe en el alzamiento militar.
Según la sentencia, el nombre del municipio está amparado por el art. 15.2 de la Ley de Memoria Histórica ya que el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de 2016 no contenÃa ninguna exaltación de la sublevación militar, guerra civil o represión de la dictadura, sino que obedecÃa a la acción llevada a cabo por Juan Yagüe en su pueblo.
El magistrado compara el acuerdo de 2016 con el de 1940, fecha en que se modificó el nombre del pueblo. En aquella ocasión, sà se hacÃan referencias a la sublevación militar y el papel del militar en la misma, que de haberse mantenido en el acuerdo de 2016 sà habrÃan estado en contra de la legislación.
La sentencia también desestima la petición de Ranz para la elaboración de un catálogo de vestigios y retirada de escudos u otros objetos o menciones relacionadas con el franquismo. El juez concluye que no se ha aportado prueba de su existencia.
La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia.