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Navarra multará actos contra la memoria histórica como enaltecer la dictadura y exhibir o mantener símbolos franquistas

eldiarionorte Navarra, 12/06/2018 | 14 junio 2018

El Parlamento aprueba el dictamen para modificar la Ley Foral de víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936

El Parlamento aprueba el dictamen para modificar la Ley Foral 33/2013 de víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936

Miguel M. Ariztegi

Construir sobre un lugar donde haya certeza de que se encuentran represaliados enterrados, atacar lugares de memoria o monumentos en recuerdo de los reprimidos por la dictadura, no retirar o mantener referencias elogiosas a la Cruzada, el Alzamiento o mostrar banderas con la laureada u otra simbología propia del régimen franquista son «vestigios contrarios a la libertad», “una afrenta  las víctimas y los valores de una sociedad democrática” y «representativos de un pasado a superar» para el Parlamento de Navarra. Y serán multados con hasta 150.000 euros una vez que transcurra el año que se ha dado de plazo para establecer el régimen sancionador llamado a poner fin a la “discrecionalidad” que rige en la retirada de símbolos.

La proposición de Ley Foral presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra establece un sistema de penas dirigido a castigar las acciones u omisiones que supongan incumplimiento de las obligaciones establecidas en la citada ley.

De manera que se tipifican como infracciones muy graves (multa entre 10.001 y 150.000 euros) la realización de excavaciones con el ánimo de extraer restos de víctimas de la represión del 36 “sin atenerse al Protocolo de Exhumaciones” aprobado por la Orden Foral 772/2011; la remoción o construcción sin permiso sobre terrenos donde hay certeza de la existencia de restos humanos de desaparecidos; la asolación de sepulturas incluidas en el Mapa de Fosas de Navarra; la destrucción o alteración grave de un bien integrado en un Lugar de la Memoria Histórica o la ejecución de cualquier obra que, sin la debida autorización, afecte a fosas; y la destrucción de documentos de la Memoria Histórica o de pruebas de ADN.

Se califican como graves (multa entre 2.001 y 10.000 euros) las infracciones que supongan incumplimiento de las resoluciones por las que se requiera la retirada de elementos, símbolos, leyendas y menciones franquistas, así como la no atención de los deberes de conservación y mantenimiento, la producción de daños graves en un Lugar de la Memoria Histórica de Navarra y la elusión de la obligación de comunicar el descubrimiento de restos que pudieran corresponder a personas desaparecidas durante la Guerra Civil o la dictadura.

También se incluyen la restitución o instalación de nuevos elementos relativos a personas que se significaron por su apoyo al golpe de estado y la posterior dictadura; la rotura, retirada o alteración de placas, monumentos o elementos de homenaje, en esta caso con el fin de insultar, vejar, injuriar a las víctimas; y la utilización de expresiones ofensivas para en cualquier medio de comunicación o intervención pública, cuando tales conductas están catalogadas como delito de incitación al odio.

Entre las infracciones leves (200-2.000 euros), que en caso de reincidencia pudieran ver agravada su calificación, se encuentran el incumplimiento de requisitos, obligaciones y prohibiciones establecidos en esta Ley “cuando no exista ánimo de injuriar y, también por ello, no constituyan infracción grave o muy grave”.

https://www.eldiario.es/norte/navarra/Navarra-historica-enaltecer-dictadura-franquistas_0_781472978.html