El obispo de Teruel pide que el Estado pague la retirada de sÃmbolos franquistas
Asegura que ningún cura se opondrá y reclama que la ley de Memoria se cumpla «sin ningún coste» para las parroquiasAsegura que ningún cura se opondrá y reclama que la ley de Memoria se cumpla «sin ningún coste» para las parroquias y «dejando las paredes de donde se sustraigan en un estado aceptable».
ZARAGOZA EDUARDO BAYONA @e_bayona
«Personalmente, y creo que también las comunidades parroquiales, no se opondrán a que retiren las simbologÃas relacionadas con el bando vencedor de la guerra civil» de las iglesias, señala el obispo de Teruel-AlbarracÃn, Antonio Gómez Cantero, en su respuesta a la carta en la que el senador de CompromÃs, Carles Mulet, le solicitaba «su colaboración en la desaparición de toda clase de simbologÃa franquista que pueda continuar en los templos de su demarcación, dando instrucciones a los responsables de cada parroquia para que cataloguen su existencia y las retiren, algo que a buen seguro será agradecido por muchos ciudadanos».
Gómez Cantero basa su posición en que esos sÃmbolos «fueron impuestas por un decreto de la Jefatura del Estado contestado con una queja formal desde la SecretarÃa de Estado del Vaticano» año y medio después, en junio de 1940. Esa norma ordenaba colocar «en los muros de cada parroquia», y «previo acuerdo con las autoridades eclesiásticas», las placas dedicadas a «los caÃdos».
El senador, que ha logrado con una campaña de cartas a los municipios que decenas de calles de pueblos y ciudades dejen de estar dedicadas a quienes participaron en la sublevación de 1936 y a dirigentes y colaboradores de la posterior dictadura franquista, se ha dirigido a los obispados españoles para reclamarles que impulsen la retirada de la simbologÃa franquista de las iglesias.
Sin embargo, Mulet se ha encontrado con que «muchos municipios» responden que el ayuntamiento «se ve incapacitado para retirar estos sÃmbolos» porque «las placas de exaltación del franquismo están ubicadas en las paredes de sus iglesias, ermitas o templos religiosos católicos de diversa Ãndole», indica en su carta, en la que anota que en ocasiones los consistorios «han comunicado esta petición al párroco o autoridad del templo, sin éxito o directamente no se han atrevido o no han querido solicitar este cambio».
«Sin ningún tipo de coste»
Hasta el momento han contestado tres obispos. El de La Seu d’Urgell (Lleida), asegura que en las iglesias de su territorio «no queda ningún» sÃmbolo franquista, mientras que en el de Solsona (Lleida) «no nos consta que se mantenga en ninguna fachada o lugar de pública concurrencia simbologÃa franquista».
El de Teruel-AlbarracÃn, que pide «saber sus nombres o las parroquias» contrarios a retirar los sÃmbolos de la dictadura franquista, reclama que la supresión de las placas corra por cuenta de la Administración.
«Pienso que, si las inscripciones fueron puestas por el Estado, sea este quien las quite sin ningún tipo de coste por parte de las comunidades parroquiales y dejando las paredes de donde se sustraigan en un estado aceptable», señala.
«A esta tierra, que sufrió la devastación y asesinato de tantas personas, por ambas partes –añade-, nos conviene aun hoy perdonar y olvidar, como asà se hizo con contiendas anteriores».
21 meses para eliminar los sÃmbolos franquistas en Aragón
Por otro lado, la Comisión Institucional de las Cortes de Aragón aprobó este lunes el texto de la Ley de Memoria Democrática, que será ratificado por el pleno en su sesión del 8 de noviembre. La ley, que cuenta con el apoyo de PSOE, Podemos, Cha, IU y C’s mientras PP y Par se oponen a varios artÃculos, aunque una veintena de ellos (hay 61) salieron por unanimidad, contempla limpiar la comunidad de sÃmbolos franquistas en los 21 meses siguientes a su aprobación.
La norma, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el boletÃn oficial de la comunidad, contempla «la retirada o eliminación» de esa simbologÃa «en el plazo máximo de 18 meses», lo que afecta a placas, escudos, insignias, inscripciones, anagramas y otros elementos sobre edificios públicos o situados en la vÃa pública, alusiones que desmerezcan a la legalidad republicana y a sus defensores, referencias a los participantes, instigadores o legitimadores de la sublevación militar de 1936 y de la dictadura franquista y, también, denominaciones de calles, vÃas o lugares públicos que rindan homenaje a militares o polÃticos afectos al golpe de estado o al régimen franquista.
En caso de no hacerlo, el Gobierno autonómico iniciará un procedimiento para obligar a su retirada, que, en caso de incumplimiento, podrá ser ejecutada cargando los costes al infractor. «No se considerará que concurren razones artÃsticas o arquitectónicas para el mantenimiento de los elementos de exaltación de la dictadura, salvo informe favorable en tal sentido del departamento competente en materia de patrimonio cultural, que se emitirá por este en el plazo de tres meses a solicitud de la persona interesada», añade la ley.
Los ayuntamientos tendrán el mismo tiempo para «revisar e invalidar por los procedimientos legalmente establecidos» las distinciones, nombramientos y tÃtulos honorÃficos a los implicados en la sublevación y en la dictadura, como nombramientos de alcalde honorario, hijo predilecto o adoptivo, asà como «las denominaciones de vÃas, espacios o edificios públicos y las demás formas de exaltación de personas vinculadas a la defensa del régimen franquista».
Coto al negacionismo
Paralelamente, el texto aprobado en la comisión declara «contraria a la memoria histórica de Aragón» tanto la justificación de «cualquier vulneración de los derechos humanos» entre 1936 y 1978 como «la negación, en cualquiera de sus formas posibles, de los hechos violentos que en forma de torturas y asesinatos sufrieron» los partidarios de la Segunda República a manos de los sublevados.
Esa catalogación del negacionismo como contrario a la memoria democrática conlleva multas de entre 2.000 y 10.000 euros para quienes defiendan públicamente ese tipo de posturas, ya que el régimen sancionador de la norma tipifica como infracción grave «utilizar o emitir expresiones ofensivas, vejatorias o atentatorias contra la dignidad de las vÃctimas de la guerra civil o de la dictadura franquista» en medios de comunicación, webs, redes sociales o intervenciones públicas.
La ley, que reserva el mismo tratamiento para los actos de enaltecimiento del franquismo, prevé una serie de sanciones complementarias como «la pérdida del derecho a obtener subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas», en este caso por un periodo de hasta tres años.