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«Si no se certifica la muerte, el delito continúa»

Público, 01-09-2008 | 1 septiembre 2009

Raúl Zaffaroni. Juez de la Corte Suprema de Justicia Nacional de Argentina

D.B. – Madrid – 01/09/2009 08:00

Su currículo luce 15 investiduras universitarias como doctor honoris causa. El juez de la Corte Suprema de Justicia Nacional de Argentina, Raúl Zaffaroni (Buenos Aires, 1940), defiende estos días una polémica sentencia que legaliza en su país el consumo de marihuana siempre que no se haga proselitismo. Este juez especializado en criminología es fuente de inspiración para aquellos juristas y asociaciones de víctimas que aspiran a que España copie el modelo argentino y también juzgue los crímenes de un pasado fascista predemocrático. El prestigioso magistrado analiza en la distancia su experiencia como partícipe de la abolición en 2003 de las leyes de Punto Final y Obediencia debida.

El dictador Jorge Videla será juzgado próximamente por la muerte 32 presos políticos ¿Existe un consenso social en su país para estos juicios?

Creo que la amplia mayoría de la población está de acuerdo con los juicios a los culpables. La dictadura argentina terminó sus días muy desprestigiada y sólo grupúsculos muy minoritarios reivindican el terrorismo de Estado.

¿Cuáles fueron los argumentos jurídicos que utilizó la Corte Suprema para anular las leyes de amnistía?

Fundamentalmente, el caso Barios Altos de Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [por el que Fujimori fue juzgado en 2001]. Otro argumento importante fue el reclamo de España y de Francia de la extradición de los infractores. El principio de justicia universal funciona cuando no operan los tribunales locales. Por tanto, no podíamos violar el derecho internacional y negar la extradición y aparecer ante el mundo como un país de segunda categoría. La jurisdicción es una emanación de la soberanía nacional y la Constitución es la esencia de la distribución de poder para ejercer esa soberanía.

La ley anulada de Punto Final es similar a otros marcos jurídicos que surgieron en otros países, incluido España, como métodos para acabar con una dictadura. ¿Qué opina de que en la Transición democrática se acudiera a una ley de amnistía?

Personalmente, no creo que exista eso que hoy se denomina justicia transicional. Sí creo en la política transicional. Es decir, cuando hay que acabar con una dictadura y se tiene en cuenta que hay que evitar males mayores, se suele acudir a esa justicia. No obstante, cuando esa necesidad cesa, por el paso del tiempo u otra razón, lo que queda es la operatividad normal de los tribunales ordinarios.

Otro de los argumentos de la Corte Suprema en 2003 fue que los delitos de lesa humanidad no prescriben ¿Por qué?

La desaparición forzada es un delito que continúa en el tiempo mientras dura la privación de libertad de la persona. La prescripción empieza a correr desde el momento en que ésta no cesa o desde que se certifica la muerte, no por vía de ficción (ausencia con presunción de fallecimiento), sino realmente.

¿Puede un Gobierno derogar o anular unaley de Amnistía?

Se puede declarar inconstitucional, como ocurrió en el caso argentino. Aquí hubo una ley que no derogó la amnistía, sino que la anuló. Dudo de que un poder legislativo pueda anular una ley, como no sea por defecto de forma, pero la situación aquí comprometía la soberanía nacional. Personalmente, estoy más tranquilo sabiendo que la decisión fue de la Corte Suprema, pero apoyada por los otros dos poderes del Estado.

http://www.publico.es/espana/247352/certifica/muerte/delito/continua