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El juez de Arucas archiva la causa de la guerra civil

Canarias 7, | 14 enero 2010

En un auto de apenas dos folios, el juez  Juan José Suárez Ramos declara «la prescripción de los delitos objeto de investigación»

 

Ángeles Arencibia. Las Palmas de Gran Canaria

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Arucas ha archivado la denuncia sobre las desapariciones del franquismo en Canarias que fue presentada por la Asociación de la Memoria Histórica de Arucas (AMHA) en la Audiencia Nacional en 2006 y ampliada en agosto de 2009.

En un auto de apenas dos folios, el juez  Juan José Suárez Ramos declara «la prescripción de los delitos objeto de investigación» y acuerda en consecuencia «el sobreseimiento libre y archivo definitivo de las actuaciones», una vez que se declare firme la resolución, contra la que cabe recurso.

El origen de esta actuación judicial se remonta a diciembre de 2006, cuando la presidenta y la vicepresidenta de la Asociación de la Memoria Histórica de Arucas (AMHA), las primas Pino y Balbina Sosa, presentaron junto a las otras asociaciones de la memoria histórica del resto del Estado la primera denuncia judicial sobre los desaparecidos del franquismo y la guerra civil.

La jurisdicción elegida por las asociaciones fue la Audiencia Nacional por el ámbito geográfico que abarcaba y con la confianza en que la causa recayera en el juez Baltasar Garzón, como así fue.   La denuncia presentada en Madrid por las primas Sosa aportaba 300 desaparecidos a la nómina nacional cifrada entonces en 30.000. Tras distintas vicisitudes, Garzón decidió  inhibirse en favor de 62   juzgados de los lugares donde se habrían producido las desapariciones, y así llegó el caso al de Arucas.

El 25 de agosto la AMHA  presentó en el juzgado número 1 de Arucas una ampliación de aquella denuncia, con la que elevó a medio millar el número de desparecidos de la guerra civil y el franquismo en Canarias.  (Posteriormente, en octubre, el historiador Sergio Millares informó de que la lista de desaparecidos en Canarias comprobada  hasta esa fecha era de 586 personas.)

En su auto, el juez de Arucas indica que el plazo de prescripción para los delitos denunciados es de 20 años y señala que «se deduce claramente que las conductas se remontan a un tiempo muy superior». Y hace suyo un informe del Ministerio Fiscal en el que rechazó la pretensión de Garzón de que estos hechos pudieran considerarse crímenes de lesa humanidad o genocidio, que no habrían prescrito.

http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=154128