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Anadir, «indignada» con el archivo del robo de un niño

El Periódico de Aragón, 22/05/2011 | 24 mayo 2011

La entidad está resuelta a recurrir ante Estrasburgo y La Haya

 

La asociación de perjudicados cree que el delito no ha prescrito

La noticia del archivo, por prescripción, de la primera de las 14 causas abiertas por robo de niños en Zaragoza ha causado «indignación» en la la asociación Anadir, que agrupa a las personas que afirman haber sido víctimas de una supuesta trama dedicada a la compraventa y la adopción ilegal de bebés durante el Franquismo y en los primeros años de la Transición.

«Un caso así no se puede archivar», afirmó Antonio Barroso, presidente de Anadir, que aseguró que el asunto sobreseído era «particular» y no procedía de su entidad. «Si la Justicia española no atiende nuestras denuncias, recurriremos a los tribunales de Estrasburgo y de La Haya, buscaremos amparo fuera de España», agregó, visiblemente enfadado.

«Hay delitos que no prescriben, ¿cómo va a prescribir un secuestro en el que se ha falseado la documentación», manifestó Barroso en referencia a su caso, dado que él, a sus 42 años, nunca ha podido establecer su verdadera identidad.

La decisión de archivar la primera de las 14 denuncias, adoptada por el Juzgado de Instrucción número 12 de la capital aragonesa, se basa en que, dado el mucho tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos, la normativa penal impide que sean perseguidos, aunque puedan constituir delito.

Ahora, la Audiencia Provincial de Zaragoza deberá establecer si el supuesto robo de recién nacidos durante varias décadas seguidas pueden ser investigado por la vía penal o si ha prescrito y se ha extinguido la responsabilidad penal de los autores de las sustracciones.

La legislación penal española estipula en cinco años el plazo para la prescripción para los supuestos en que la pena máxima no rebase los cinco años de prisión. En el caso del robo de bebés, el Código Penal contempla entre seis meses y dos años de prisión a quienes oculten o entreguen un hijo a terceras personas.

LEGISLACIÓN Además, el mismo texto legal aumenta el castigo de uno a cinco años la sustitución de un niño por otro, su entrega a cambio de dinero y la participación en la operación delictiva, como intermediario o persona que recibe el menor. Esto significa que ambas actividades, tanto la del robo como la recepción del bebé, no pueden castigarse en cuanto han pasado cinco años desde su consumación.

Sin embargo, Antonio Barroso considera que no se puede aplicar ese criterio a los casos de secuestro en los que, como le sucede a él, la víctima no toma conciencia de su situación hasta la edad adulta, «de una forma totalmente imprevista». Por último, el presidente de Anadir hizo un llamamiento a las autoridades para que ayuden a los afectados en la resolución de sus problemas.

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=673841