El Supremo español apuntala la impunidad del franquismo
Alega que no cabe la «justicia universal» en el Estado español y que un juzgado no puede saltarse la Ley de AmnistÃa
Aunque absuelve al exjuez Garzón de «prevaricación», remarca en su sentencia que los crÃmenes del franquismo no pueden ser investigados judicialmente ni condenados. Alega que no cabe la «justicia universal» en el Estado español y que un juzgado no puede saltarse la Ley de AmnistÃa.
Ramón SOLA | DONOSTIA
Como se preveÃa y como planteó la FiscalÃa, el Tribunal Supremo español ha evitado un gran escándalo internacional absolviendo al juez Baltasar Garzón de «prevaricación». Sin embargo, el mismo fallo da la razón a quienes le llevaron al banquillo al sentenciar, y con abundantes argumentos, que los crÃmenes del franquismo no pueden ser perseguidos debido entre otras cosas a las decisiones adoptadas en la llamada «transición», hacia la que se deshace en elogios.
Curiosamente, casi todas las reacciones se quedaron mirando al dedo que apuntaba a la luna; destacaron la exculpación del juez mientras obviaban la evidencia de que los tribunales españoles confirman la impunidad del franquismo. AsÃ, asociaciones que trabajan en este terreno acusaron al Supremo de haber hecho perder tiempo en la lucha por purgar el franquismo. Sin embargo, la lectura de la sentencia resulta demoledora al respecto: el Supremo no deja opción legal alguna de perseguir penalmente aquellos crÃmenes y añade que, a partir de ahÃ, el trabajo de recuperar la verdad de los hechos corresponderÃa en todo caso a los historiadores y no a los jueces.
La absolución de Garzón se dicta únicamente porque el Supremo no ve elementos suficientes para determinar que hubiera prevaricado, es decir, tomado decisiones injustas de modo consciente. La salomónica decisión consiste en concluir que su acción «es errónea, pero no prevaricadora». Seis de los siete jueces de la Sala suscribieron el veredicto y solo uno apostó por la condena.
La «justicia universal» no vale
En 61 folios, el Supremo se esfuerza en cerrar todas las rendijas y blindar asà la impunidad del franquismo. De entrada, incide en que la llamada «justicia universal» no puede ser invocada en este caso.
El intento de Garzón se basó en tipificar las desapariciones franquistas como «crÃmenes contra la Humanidad», lo que conlleva que no prescriben. Es lo que hizo en su dÃa para actuar contra Adolfo Scilingo. El Supremo, que fue precisamente quien condenó al represor argentino, alega que esa fórmula valÃa para la dictadura argentina pero no para la española, porque en 1936 no estaban vigentes los tratados internacionales que permiten perseguir esos delitos, que no se incorporaron al ordenamiento español (franquista evidentemente) hasta 1952.
En paralelo, el Alto Tribunal añade que para que «el derecho internacional tenga vigencia» en el Estado español «debe ser incorporado a nuestro ordenamiento interno en la forma dispuesta en la Constitución».
En su esfuerzo por tapar todos los resquicios, el Supremo admite que efectivamente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos validó una condena contra «acusados de nacionalidad rusa participantes en delitos contra la Humanidad durante la ocupación soviética» (en los años del inicio del franquismo), pero matiza que este precedente no sirve porque aquella tipificación se hizo «partiendo de la participación rusa en la elaboración de los principios de Nuremberg, como potencia vencedora, y de su pertenencia a las Naciones Unidas, que los aprobaron». El Gobierno español (evidentemente también franquista) no dio luz verde a la entrada en la ONU hasta 1955.
Una vez decretado que los crÃmenes franquistas no pueden calificarse asÃ, el Supremo ya no tiene dificultades para remarcar que han prescrito. Destaca que las primeras denuncias tramitadas por Garzón se recibieron en 2006, entre 54 y 70 años después de ocurridos los hechos. Niega que se pueda considerar que el delito de detención ilegal que se investigaba tuviera carácter permanente, lo que hubiera interrumpido el plazo de prescripción. Y apostilla que, por si ello fuera poco, los responsables de las matanzas de 1936 serÃan «más que centenarios» en 2008.
En este punto, el Supremo introduce una concesión de cara a la galerÃa (en este caso, la comunidad internacional) al reconocer la evidencia de que la guerra comenzó «tras un golpe de Estado» y que hubo «episodios de gran violencia», entre los que cita «`sacas’, `paseos’, fusilamientos sin juicios previos, represiones de los oponentes polÃticos, ejecuciones desconectadas de los frentes de guerra, etcétera. Hay episodios que constituyen verdaderas masacres, como, entre otros, los sucesos de Granada, Belchite, Málaga, Paracuellos del Jarama, Gernika, Badajoz en sus sucesivas ocupaciones, que son vergonzosos para la condición humana». Y el tribunal cierra este inciso con una equiparación: «Es obvio que en ambos bandos de la guerra civil se produjeron atrocidades, y que los dos bandos, al menos sus responsables polÃticos y militares, no observaron las denominadas leyes de la guerra».
«Impunidad absoluta»
El segundo gran argumento del Supremo para blindar la impunidad franquista es la Ley de AmnistÃa de 1977. La sentencia recuerda que aquella norma «fue promulgada con el consenso total de las fuerzas polÃticas» y no tiene reparos en situarla como una concesión a los sectores más reaccionarios: «Conseguir una `transición’ pacÃfica no era tarea fácil -dice-, y qué duda cabe que la Ley de AmnistÃa también supuso un importante indicador a los distintos sectores sociales para que aceptaran determinados pasos que habrÃan de darse en la instauración del nuevo régimen de forma pacÃfica, evitando una revolución violenta y una vuelta al enfrentamiento».
El siguiente párrafo no es menos elocuente: «En España, la doctrina que ha estudiado nuestra transición, además de destacar en términos generales su carácter modélico y las renuncias que tuvieron que realizarse para procurar la paz y la reconciliación, la ha clasificado como un proceso de `impunidad absoluta con indemnización a las vÃctimas’». Ubica aquà tanto la Ley de AmnistÃa -«que ningún juez puede cuestionar»- como las «más de 20 disposiciones a través de las que se han acometido importantes reparaciones económicas y de otro orden».
AmnistÃa Internacional y Human Rights Watch instaron a investigar y derogar la Ley de AmnistÃa, respectivamente. En el Estado español, las organizaciones de derechos humanos se limitaron a felicitar a Garzón.
EA ve carencias de base en el decreto sobre vÃctimas de la violencia estatal
El parlamentario de Eusko Alkartasuna Juanjo Agirrezabala anunció ayer que su formación ha presentado 21 alegaciones al proyecto de decreto del Gobierno de Lakua sobre vÃctimas de la violencia estatal del periodo 1968-1978. Una de las carencias que observa es, precisamente, la distinción de periodos y la decisión de arrancar en 1968. EA considera que aunque haya diferentes contextos históricos antes y después de la aprobación de la Constitución, las vÃctimas no son más o menos vÃctimas en función de la fecha en la que padecieran vulneraciones de sus derechos.
Juanjo Agirrezabala sostiene que el decreto debe definir con claridad los elementos que lo inspiran. Debe reconocer que estas vÃctimas han sido hasta ahora «injustamente discriminadas y desatendidas» y también «la responsabilidad del Estado en la violación de derechos humanos en Euskal Herria, tanto antes como después de 1978». En este contexto, EA considera importante que ello se haga no en un decreto sino en una norma que tenga rango de ley, al igual que le Ley de VÃctimas del Terrorismo.
Las alegaciones de EA incluyen también que las compensaciones que reciban las vÃctimas de la violencia estatal sean las mismas que las previstas para las vÃctimas del «terrorismo». Además, propone una nueva composición de la Comisión de Valoración que garantice su independencia con respecto al Gobierno.
El parlamentario de EA calificó de «especialmente grave» la posición del PP, que tachó de «irresponsabilidad» reparar a las vÃctimas de la violencia estatal, añadiendo que ello podÃa llevar a justificar a ETA. En opinión de Juanjo Agirrezabala, estas palabras de Antonio Basagoiti son «un insulto a las vÃctimas y a sus familiares». Y sospecha que en sectores del PP «probablemente hay gente que todavÃa hoy sigue pensando que algunas vÃctimas, que algunos asesinatos, estuvieron bien». I. IRIONDO
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