29 de agosto, Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas
En España ha habido un plan sistemático generalizado y planificado para aterrorizar a los españoles por sus ideas políticas
29 AGO
Con motivo de la conmemoración mañana del día mundial de las desapariciones forzadas, la “Red ciudadana de apoyo a la querella argentina” en la que están integradas más de 30 organizaciones sociales del estado español, hace público el siguiente comunicado. Previamente su contenido se ha hecho llegar a Presidencia del Gobierno y a los distintos grupos parlamentarios.
Red Ciudadana de apoyo a la querella argentina
COMUNICADO DE PRENSA
Con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas el próximo 30 de agosto, instaurado por Naciones Unidas en Asamblea General el 21 de diciembre de 2010, la Red ciudadana de apoyo a la querella argentina (Red AQUA), en la que están integradas más de 30 organizaciones sociales del Estado español, quiere hacer pública la siguiente declaración:
La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. En España ha habido un plan sistemático generalizado y planificado para aterrorizar a los españoles por sus ideas políticas. Los jueces españoles se niegan a investigar crímenes de lesa humanidad. Por el contrario, los archivan con criterios contrarios al derecho internacional. Por este motivo en Argentina, la jueza María Servini de Cubría tramita la querella “N.N. genocidio”, presentada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 1, Secretaría Nº 1, que denuncia el genocidio, o subsidiariamente los delitos de lesa humanidad, cometidos por el régimen franquista, y sus autores, durante el periodo comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977.
La Red AQUA quiere resaltar el carácter permanente del delito de de desaparición forzada. El Estatuto de Roma dice: “Por ‘desaparición forzada de personas’ se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado”. España, al no investigar las desapariciones forzadas, no sólo está incumpliendo sus obligaciones internacionales sino que está contribuyendo a a que perdure el crimencomo tal, y a aumentar los daños que las desapariciones provocan. Esto es particularmente grave: conmemoran la lucha contra un crimen que en realidad contribuyen a agravar.
Ni el Gobierno español ni la Judicatura han respondido a los requerimientos judiciales (a la jueza María Servini de Cubría) de identificación de los personajes políticos, militares y policiales del periodo que va desde el alzamiento militar-fascista hasta las primeras elecciones de 1977. En 76 años, en España, no ha sido juzgado ni un solo caso de los centenares de miles de crímenes cometidos. El actual gobierno de España –heredero del franquismo- ampara la impunidad de los responsables de crímenes de lesa humanidad.
La Ley 46/1977 conocida como Ley de Amnistía –que fue la reivindicación política central de las luchas en la etapa final del franquismo- se convirtió, en manos de los legisladores de la Transición, en una auténtica ley de punto final para los crímenes cometidos durante cuarenta años por el más abominable régimen que ha sufrido nuestro país. La Ley de Amnistía es la misma ley que hoy utiliza como coartada el poder judicial español, en su defensa cerril de la impunidad del franquismo. Porque en efecto, la Ley 46/1977 de Amnistía, que ni siquiera tiene un prólogo explicativo y apenas ocupa una página del BOE, en dos apartados de su artículo segundo, hace desaparecer cualquier tipo de responsabilidad por la sangrienta represión sufrida por millones de personas.
El gobierno de Rajoy desoye las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU de 2008 que dice: “El Estado parte debería: a) considerar la derogación de la Ley de Amnistía de 1977; b) tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales; c) prever la creación de una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura, y d) permitir que las familias identifiquen y exhumen los cuerpos de las víctimas y, en su caso, indemnizarlas.”
Recientemente la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos afirmaba: “España está obligada, bajo la ley internacional, a investigar las graves violaciones de los Derechos Humanos, incluidas las cometidas durante el régimen de Franco, y a procesar y castigar a los responsables si todavía están vivos”. La citada Oficina recordaba también que: “España debe derogar su ley de amnistía, puesto que no es conforme con las leyes internacionales de derechos humanos”. Dicha recomendación, elaborada por 18 expertos de la organización internacional, toma como base el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Político, ratificado por el Estado español en 1985.
En España como regla general, tal como dice AMNISTÍA INTERNACIONAL en su Informe Casos cerrados, heridas abiertas. El desamparo de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo en España publicado el pasado 9 de mayo de 2012, “no se garantizan a las víctimas y a los familiares de la Guerra Civil y el franquismo ninguno de los derechos humanos relativos al acceso efectivo a la justicia, que incluye la obligación del Estado de investigar, el derecho a saber y el derecho a una reparación. Muy al contrario, la pauta de actuación de los jueces y fiscales ha sido la desestimación generalizada de las denuncias presentadas”.
Las querellas y denuncias de las víctimas han sido siempre archivadas.
El estado español oculta que las resoluciones de la ONU, adoptadas por unanimidad en la Asamblea General del nueve de febrero de 1946 y del doce de diciembre del mismo año, establecieron el carácter criminal, según las normas del derecho internacional, del régimen franquista, así como su naturaleza ilegal e ilegitima, que debe su poder al apoyo político-militar prestado por la Alemania nazi y la Italia fascista.
En lugar de lanzar retóricos mensajes de “homenaje a las víctimas” el Gobierno debe anunciar la aplicación plena de las recomendaciones de los órganos internacionales en relación a la Ley de Amnistía y a la imprescriptibilidad de los crímenes de derecho internacional, incluidas las del Comité de Derechos Humanos, el Consejo de Europa, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y el Comité contra la Tortura.
Por último, la Red AQUA considera que la lucha contra la impunidad es un deber que incumbe a la comunidad internacional en su conjunto y los Estados que deciden juzgar esos crímenes en su territorio están actuando en interés del género humano.
En consecuencia, consideramos que el Estado español incumple sistemáticamente este deber de investigar y juzgar los crímenes y desapariciones forzadas cometidas en territorio español durante el período comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977.