Un juzgado de Granada archiva la causa sobre la supuesta fosa de GarcÃa Lorca
El Juzgado de Instrucción número 3 archiva la causa argumentando que los hechos «no son constitutivos de delito»
EP
El Juzgado de Instrucción número 3 de Granada ha archivado la investigación penal por la posible comisión de un delito en 1936 en relación con la fosa de Alfácar, Granada. En este lugar podrÃan estar los restos de Federico GarcÃa Lorca, Dióscoro Galindo, Francisco Galadà y JoaquÃn Arcollas.
El Juzgado de Instrucción número 3 de Granada ha archivado la investigación penal que continuaba abierta por la posible comisión de un delito de múltiples detenciones ilegales de personas en 1936 en relación con la fosa de Alfácar (Granada) en la que supuestamente yacen los restos del poeta Federico GarcÃa Lorca, el maestro republicano Dióscoro Galindo, y los banderilleros anarquistas Francisco Galadà y JoaquÃn Arcollas.
La magistrada Aurora Fernández dicta un auto de sobreseimiento libre, contra el que cabe recurso de reforma o de apelación, después de que el Tribunal Supremo acordara el pasado mes de marzo que la competencia para decidir sobre la apertura de las fosas del franquismo correspondÃa a los juzgados territoriales y no recÃa sobre la Audiencia Nacional.
En la resolución, el Juzgado, que ya devolvió la causa en su dÃa al entender que debÃa ser la Audiencia Nacional la encargada de valorar el asunto al entenderse enmarcado en delitos de lesa humanidad, argumenta que el archivo procede en tanto que los hechos objeto de investigación «no son constitutivos de delito».
Apoya la juez su decisión en «el principio de legalidad y de interdicción de la retroactividad de las normas procesales» que recoge el artÃculo 9 de la Constitución española, la causa de «prescripción» de los hechos investigados, y la Ley de AmnistÃa de 1977.
Asimismo, incide en que el pronunciamiento que realiza «no es óbice al derecho de las vÃctimas de la Guerra Civil y la dictadura posterior del General Francisco Franco a un resarcimiento moral mediante la recuperación de los restos de sus familiares», el cual, según recuerda se reconoce en la Ley de Memoria Histórica. De hecho, según apunta Aurora Fernández, su aplicación «no depende de la existencia» de esta causa «y puede ser perfectamente llevada a efecto por la administración al margen de cualquier actuación judicial».
La intervención del juez, «a posteriori»
La citada Ley «atribuye la función relativa al levantamiento de fosas a la administración pública y no al poder judicial, sin perjuicio de lo que se practique en el ámbito de la jurisdicción», señala en el auto, donde la magistrada indica además que la intervención de la jurisdicción penal es «a posteriori», cuando ya se haya producido el hallazgo de restos humanos, por lo que «en consecuencia, no procede mantener abiertas unas diligencias penales para realizar actuaciones que no son de su competencia».
Este asunto permanecÃa sin resolver desde que en mayo de 2009 la titular del Juzgado rechazara la inhibición planteada seis meses antes por el entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón respecto de todas las fosas de la Guerra Civil, cuya investigación el magistrado encomendó a los respectivos juzgados territoriales.
La cuestión de competencia, planteada no solo por el juzgado de Granada, sino también por el de San Lorenzo de El Escorial (por el Valle de los CaÃdos), debÃa ser entonces dirimida por el Tribunal Supremo, que esperó a resolverla hasta que hubiera concluido el proceso penal contra el exjuez de la Audiencia Nacional, que fue juzgado por investigar los crÃmenes y desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo y posteriormente absuelto del delito de prevaricación del que se le acusaba.
El 29 de marzo se hizo pública la decisión de la Sala de lo Penal del Supremo, que falló la cuestión de competencia en favor del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada y el Juzgado de Instrucción número 2 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) y ordenaba a ambos a «continuar la tramitación» de las diligencias previas seguidas sobre las fosas de GarcÃa Lorca y los cuerpos de decenas de represaliados en el Valle de los CaÃdos.
El alto tribunal establecÃa que los juzgados territoriales deberÃan resolver esta cuestión como estimasen que «procede en Derecho» y acogÃa asà el criterio del Ministerio Fiscal y el acuerdo adoptado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuando declaró su falta de competencia en diciembre de 2008.
Los magistrados excluyeron la posibilidad del enjuiciamiento en la vÃa penal de los autores de los crÃmenes, pero reconocÃa el derecho de los familiares a obtener la identificación de las vÃctimas, cuya localización podrÃa instar el juez de instrucción competente.
Valle de los CaÃdos Y Lorca
El 8 de julio de 2009, el Juzgado de Instrucción número 2 de El Escorial rechazó la inhibición planteada por el juez Garzón para asumir la competencia relativa a la parte de la causa sobre la memoria histórica que corresponde al partido judicial de San Lorenzo de El Escorial en relación con las exhumaciones de los restos mortales depositados en el Valle de los CaÃdos.
Unos dÃas antes, el 30 de junio, el juez de Granada habÃa dado una respuesta idéntica a la Audiencia Nacional en relación con la fosa en la que se suponÃa que estaban los restos del poeta Federico GarcÃa Lorca. El 26 de diciembre de 2008, Garzón se habÃa declarado incompetente para instruir sobre las muertes y desapariciones producidas durante este periodo. Tanto el juez de El Escorial como el de Granada rechazaron hacerse cargo del caso alegando la interconexión de los hechos que corresponden a este partido judicial con los ocurridos en el resto de España.
En concreto, y antes de ser acusado por prevaricar al investigar este asunto, Garzón se inhibió en favor de los juzgados de La Coruña, Asturias, Badajoz, Burgos, Castellón, Córdoba, Granada, Huelva, Huesca, León, Lugo, Madrid, Navarra, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Soria, Toledo, Zamora, Zaragoza, Alicante, Valencia, Manacor y Palma de Mallorca.
Se inhibió también en favor de los Juzgados de Instrucción Decanos de las localidades de Herrera del Duque (Badajoz), Pamplona (Navarra), Trujillo (Cáceres) y Astorga (León) para que sean estas dependencias judiciales las que den respuesta a «las exhumaciones solicitadas». En la mayorÃa de estos lugares la investigación de las fosas se mantiene paralizada.