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Las fosas del franquismo: qué y para qué

Arturo Peinado. Cuarto Poder, | 12 febrero 2020

El modelo de exhumación no judicializada implica deshacerse poco a poco del “problema”, haciendo permanente la impunidad de los crímenes

 

 

miércoles, 12 de febrero de 2020

Arturo Peinado Cano, presidente de la Federación Estatal de Foros por la Memoria

 

La actual proliferación de legislación autonómica persevera en el modelo privatizador y extrajudicial de exhumaciones

La pervivencia de las fosas comunes del franquismo mantiene el castigo post mortem diseñado por los verdugos

Cada vez que alguien oye hablar de la recuperación de la memoria histórica, identifica casi automáticamente este concepto con la exhumación de fosas comunes del franquismo. No sólo se debe al impacto social que las imágenes de dichas exhumaciones causan, también a la imagen simplificada que los medios de comunicación trasmiten habitualmente sobre el sentido y los objetivos del movimiento social por la recuperación de la memoria. Pero ni las organizaciones memorialistas y de víctimas del franquismo nos dedicamos exclusivamente a realizar exhumaciones, ni el fenómeno es tan simple como se nos presenta.

La Federación Estatal de Foros por la Memoria realizó una quincena de exhumaciones de fosas comunes del franquismo en diferentes comunidades autónomas entre 2003 y 2012. Todas se llevaron a cabo por profesionales de diversas disciplinas como trabajo militante no remunerado y en cada una de ellas presentamos denuncia ante el juzgado natural. Es decir, exigiendo la implicación de la Justicia en la exhumación conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en consonancia con lo establecido por el derecho penal internacional de los derechos humanos, dado que, hasta ahora, cuando en España aparecen restos humanos que se supone corresponden a víctimas del franquismo, ningún juez se persona ni se abre un procedimiento.

Invariablemente la respuesta que hemos recibido ha sido el archivo de las denuncias (inmediatamente recurridas por nuestra parte) sin abrir una investigación, argumentando la primacía del derecho interno sobre el internacional, la prescripción del delito, y en todo caso, aplicando la Ley de Amnistía de 1977. Eso era lo que pasaba hasta 2012. Posteriormente, en las dos últimas exhumaciones que llevamos a cabo (en Guadalajara y Málaga), las denuncias se archivaron en aplicación de la Ley de Memoria Histórica de 2007. La sentencia de 2012 del Tribunal Supremo que absolvió al exjuez Garzón, dejó claro que la vía de la Justicia quedaba cerrada para las víctimas del franquismo.

La única excepción había sido, hasta ahora, el Juzgado de Almazán (Soria), en el caso de tres fosas del franquismo exhumadas en los últimos años por la asociación soriana Recuerdo y Dignidad, en las que la juez ordenó investigar lo sucedido y buscar a los responsables (archivando el caso sólo después de que se certificase el fallecimiento de los posibles ejecutores), así como la apertura de diligencias para la identificación de las víctimas. El pasado 30 de Octubre, la juez libró un oficio para que los restos óseos de la última exhumación, asegurando la cadena de custodia, fuesen remitidos al Instituto Nacional de Toxicología de Madrid en vistas a una posible identificación. Pero el 30 de diciembre, un nuevo juez archivó por sorpresa la causa sobre los desaparecidos, dejando en el limbo las pruebas biológicas ya ordenadas, que tenían como objeto determinar si los restos hallados tras la exhumación se correspondían con las personas cuya desaparición se denunció. La resolución se comunicó un viernes después de Navidad, con el perentorio plazo de tres días para recurrir.

Cuando se busca a las víctimas se acaba preguntando por los verdugos. La Ley de memoria niega explícitamente el derecho a la Justicia de las víctimas y de sus familias, y además opta por privatizar y externalizar la gestión de las exhumaciones, subvencionando a familias, asociaciones y profesionales. Hoy, las víctimas del franquismo continúan siendo tratadas como una excepción por el Estado, que no reconoce su existencia y las mantiene en un limbo jurídico al que no se aplican los procedimientos habituales de la Justicia. Miles de personas ejecutadas extrajudicialmente y hechas desaparecer por la fuerza, reciben el trato de restos arqueológicos, en vez de víctimas de graves agresiones a los derechos humanos.

Una fosa común del franquismo constituye, antes que cualquier otra cosa, un conjunto de pruebas de crímenes. Por tanto, el modelo de exhumación no judicializada que se ha impuesto implica deshacerse poco a poco del “problema” haciendo permanente y definitiva la impunidad de los crímenes.

Lamentablemente comprobamos que la actual proliferación de legislación autonómica sobre memoria histórica y fosas comunes, al insistir en legislar sobre la intervención en exhumaciones cuando no se tiene competencia sobre Justicia, persevera en líneas generales en el modelo privatizador y extrajudicial de exhumaciones.

Cuando hablamos de fosas comunes del franquismo nos referimos esencialmente a inhumaciones ilegales y clandestinas, llevadas a cabo en cunetas, tapias de cementerios, parajes alejados de población, etc…  con el fin de hacer desaparecer pruebas de ejecuciones extrajudiciales y, en consecuencia, la desaparición forzada de las víctimas, lo que constituye un crimen contra la humanidad de carácter permanente e imprescriptible. Desde las principales organizaciones de derechos humanos y los organismos de Naciones Unidas en la materia, se ha señalado que hasta que no se produce una identificación positiva estas personas continúan desaparecidas, por lo que no cabe aplicar la prescripción, que tampoco se pueden contemplar como crímenes aislados, y que se debe anular o modificar la Ley de Amnistía para poder perseguir esos crímenes.

Actualmente las causas que se abren en España a partir de una denuncia se cierran al considerar los asesinatos generados por el alzamiento militar de 1936, como asesinatos aislados, en lugar de contemplarlos, lo que está historiográficamente demostrado, como parte de un plan de exterminio del enemigo político. La planificación, la premeditación, la organización de los crímenes por un aparato del Estado, por sus fuerzas coercitivas, u organizaciones paraestatales, es lo que diferencia los asesinatos comunes de los crímenes de guerra y contra la Humanidad.

Lamentablemente, constatamos que la solución que propugna el Estado al problema de las fosas comunes pasa por circunscribir las exhumaciones al ámbito estrictamente personal  y familiar, ajeno a otras consideraciones. Se niega a los familiares el reconocimiento y el derecho a la justicia, y se utiliza su dolor y el legítimo derecho a la recuperación de los restos del familiar asesinado, haciéndoles creer que hacer justicia consiste exclusivamente en devolverles unos restos mortales que fueron mal enterrados, y que eso es todo lo que deben esperar.

Entendemos perfectamente las urgencias y las necesidades de los familiares de las víctimas (en primer lugar porque nosotros/as también lo somos), pero debemos tener presente que en una exhumación se dan las siguientes circunstancias:

Que la identificación de todos los restos no siempre es técnicamente posible. Se habla de una media de un 10% de identificaciones.

Que los familiares promotores de la exhumación no tienen derecho legal sobre los restos hasta que no se produce una identificación positiva, antropológica o mediante ADN.

Cada exhumación afecta inevitablemente a la totalidad de los enterrados en la fosa, lo que supone una vulneración de derechos de las víctimas no reclamadas por sus familias, y de las que no pueden ser identificadas. Muchas víctimas no tienen familias que reclamen sus restos al haber sido asesinados antes de tener descendencia, o no están interesadas. Obviamente, aquí hay una responsabilidad del Estado sobre los restos exhumados no reclamados que no puede trasladarse a las asociaciones o a otros familiares.

Que las víctimas que exhumamos tienen derechos, reconocidos por protocolos internacionales, y que estos están por encima de los derechos de familiares, asociaciones o administración en aspectos que afectan a su propia dignidad, como el respeto a sus creencias, lo que implica la presencia y uso de los ritos y símbolos que les fueron propios, durante los procesos de exhumación y enterramiento posterior. En particular debemos denunciar el tratamiento morboso que se da en muchos casos a las imágenes de las víctimas del franquismo exhumadas, y que por supuesto es inconcebible cuando se trata de cualquier otro tipo de víctimas.

Que las pruebas de delito obtenidas durante los trabajos de exhumación sean judicialmente válidas y puedan ser utilizadas en un procedimiento penal, no depende de la capacitación, por lo general muy alta, de los profesionales que realizan  las exhumaciones, sino de que todo el proceso esté sujeto a una certificación judicial que encuadre la exhumación desde el principio dentro de un procedimiento legal, e imposibilite la destrucción de la cadena de custodia.

Asimismo se efectúan en algún caso exhumaciones de fosas comunes de cementerios de otro tipo de víctimas, fusilados tras las sentencias de los Consejos de guerra. No se trata de desaparecidos: esas víctimas nombre y apellidos, expedientes carcelarios, sentencia, partes de ejecución, registro de entrada en el cementerio… la exhumación se rige aquí por los respectivos reglamentos y ordenanzas municipales de cementerios. Realmente se trata de un traslado de restos para su entrega a los familiares, por cuanto las pruebas documentales hacen innecesarias las forenses como elemento probatorio. En este caso, al derecho a la verdad de las familias y de la sociedad no se accede necesariamente con la exhumación. Es más, la destrucción irreversible de la fosa como lugar de memoria puede conseguir el resultado opuesto.

En nuestra opinión, el papel en este caso tanto de las asociaciones memorialistas como de las administraciones, debería limitarse a la constitución de un espacio estable de memoria que explique las causas y el sentido de su muerte, y establecer una dinámica de homenajes periódicos con presencia oficial de representantes institucionales. Y por supuesto, seguir exigiendo la anulación de todas las sentencias dictadas por los tribunales y consejos de guerra franquistas.

Hemos visto estos últimos años cómo se pretende, por instituciones y asociaciones, hacer pasar unas exhumaciones administrativas (un mero traslado de restos) por exhumaciones judicializadas. De igual modo defienden que las pruebas de crímenes obtenidas en las exhumaciones que realizan son judicialmente válidas, a pesar de la evidente inexistencia de certificación judicial del procedimiento, y de que la cadena de custodia de las pruebas durante el proceso es ajena a cualquier procedimiento judicial. Coinciden con empresas y fundaciones, que tras la retórica justificativa cientificista y pretendidamente humanitaria, utilizan el dolor y la impaciencia de las familias en su beneficio, defendiendo intereses profesionales, concibiendo la exhumación de fosas comunes del franquismo como un nicho de empleo, o una oportunidad de “emprendimiento”. Y por supuesto, justificando la renuncia a la judicialización del procedimiento y la celebración de homenajes políticos a las víctimas.

En los últimos tiempos hemos visto de todo en algunas exhumaciones: crowdfunding, sponsores comerciales y publicidad, cobros a las familias, instituciones promoviendo excavaciones como campamentos de verano financiados con la matrícula de los estudiantes… Todo muy posmoderno y muy neoliberal. Imagino lo que pensarían de ello las víctimas que se desentierran.

Casos como exhumaciones en los cementerios de Guadalajara o Talavera, y los proyectos de actuar en fosas comunes de fusilados  tras sentencias de consejos de guerra, a partir de la iniciativa de una familia o grupo de familiares, implican el serio peligro de hacer el trabajo sucio a los defensores de perpetuar la impunidad, facilitando la destrucción de lugares de memoria de la represión franquista.

La derecha, contraria habitualmente a la recuperación de la memoria antifranquista, no se opone en muchos lugares a las exhumaciones si estas son despolitizadas, y si además suponen una destrucción de lugares de memoria que en muchos casos beneficia económicamente al propietario del terreno (particular o institucional) liberando el mismo para otros usos. De paso se destruye la memoria y se impide definitivamente que se haga justicia.

Se pretende que se desentierren los restos de nuestras compañeras y nuestros compañeros enterrando definitivamente la Justicia, la Verdad y la Memoria, mediante la ocultación a la sociedad del significado real de las exhumaciones, circunscribiéndolas a actos privados formalmente humanitarios. Un entierro “digno”, no recupera necesariamente la dignidad de las víctimas, ni les hace Justicia.

EL PSOE presentó el pasado 24 de Enero una proposición de Ley de Memoria Histórica y Democrática, que si bien supone un avance en el tema de las fosas del franquismo, no cuestiona el modelo de impunidad de los crímenes, ni garantiza el acceso de las familias y de la sociedad española a la Justicia. Establece la responsabilidad de la Administración General del Estado en las exhumaciones, y el desarrollo de planes cuatrienales para la exhumación de fosas. Como Federación, demandamos a los poderes judiciales y al Estado que asuman sus obligaciones, y elaboren un plan de exhumaciones para llevar a cabo todas las que sean técnicamente viables, pero siempre judicializadas y llevadas a cabo por parte de un juzgado o fiscalía especializada, dentro de un procedimiento por el tipo penal de crímenes contra la humanidad.

Según las noticias que se van conociendo, se prevé que en el Proyecto de Presupuestos generales del Estado para 2021 se va a dedicar para memoria más dinero que en todos los presupuestos de Rodríguez Zapatero, y que se van a aplicar mayoritariamente a la exhumación de fosas comunes. Constituye la gran oportunidad que estaban esperando algunas asociaciones, empresas y profesionales, que llevan años pidiendo financiación (pública y/o privada) para llevar a cabo las exhumaciones.

La posición de nuestra Federación, compartida con otras asociaciones memorialistas y de víctimas, y con organizaciones de derechos humanos, es que debemos seguir actuando con firmeza para impedir que se perpetúe el modelo español de impunidad. Si no se producen previamente los cambios legislativos indispensables, llevar a cabo exhumaciones extrajudiciales implicará la destrucción irreversible de pruebas de crímenes contra la Humanidad, y supondrá el triunfo final del franquismo al hacer definitivos sus designios: la desaparición física de sus enemigos, su eliminación de la historia y la impunidad de los victimarios.

La pervivencia de las fosas comunes del franquismo, 44 años después de la muerte física del dictador,  constituye una denuncia permanente del trato que la democracia española da a docenas de miles de sus mejores ciudadanos, manteniendo el castigo post mortem diseñado por sus verdugos para ellos y sus familias, sólo porque se atrevieron a soñar que un mundo mejor era posible.

https://www.cuartopoder.es/ideas/2020/02/12/las-fosas-del-franquismo-arturo-peinado/