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Las víctimas del franquismo
elcorreodigital - 16.05.2004 - JAVIER MADRAZO LAVÍN/CONSEJERO DE VIVIENDA Y AA. SOCIALES DEL GOBIERNO VASCO

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El pasado 4 de mayo, el Gobierno vasco aprobó el decreto 75/2004 que amplía a 21 millones de euros la partida destinada a indemnizar a las personas que sufrieron privación de libertad en el franquismo. Con este montante económico, que multiplica por seis la cantidad inicial prevista de 3.600.000 euros, el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales dará respuesta a las demandas de quienes no han podido acceder a los supuestos contemplados en las leyes generales de Presupuestos de 1990 y 1991, aprobadas por el Gobierno de Felipe González. Estas iniciativas, que surgieron de la necesidad de compensar a las víctimas de la dictadura, fueron insuficientes para hacer frente a las expectativas generadas, debido a las restricciones impuestas.

Exigían un mínimo de reclusión de tres años y haber cumplido 65 años a 31 de diciembre de 1990. Estas condiciones impidieron a muchas personas acceder a las ayudas contempladas por el Estado. Ante esta situación, las comunidades autónomas nos vimos obligadas a elaborar nuestros propios decretos para dar cobertura, en la medida de lo posible, a este colectivo. En Euskadi, por ejemplo, la Administración central rechazó 5.834 solicitudes por incumplimiento del plazo mínimo de privación de libertad, 2.275 por estancia en recintos no penitenciarios y 68 por falta de acreditación del tiempo de cárcel.

Como representante de una formación política especialmente castigada por el régimen franquista, en 1998 presenté en el Parlamento vasco una proposición no de ley, instando a la concesión de indemnizaciones a los represaliados en la dictadura; este texto fue rechazado, entre otros, con los votos del PSE-EE. Aclaro este punto para poner de manifiesto que no es hasta la llegada de Ezker Batua-Izquierda Unida al Gobierno vasco cuando se elabora, por fin, un decreto, de fecha 19 de noviembre de 2002, que contempla unas ayudas mínimas de 7.200 euros por seis meses de privación de libertad y 600 euros más por cada seis meses adicionales hasta un máximo de 9.600 euros. A diferencia de la normativa aprobada por el PSOE, determinamos una estancia de seis meses y no tres años, y reconocimos como privación de libertad el ingreso en prisión, pero también la permanencia en un campo de concentración y/o en un batallón de trabajo.

Es cierto que no ha sido factible concluir el proceso en el plazo previsto inicialmente. Este hecho tiene su origen, en parte, en la propia estructura del decreto, que obliga a resolver en conjunto todos los expedientes recibidos. Acumulamos un retraso de diez meses en la concesión de las indemnizaciones, pero no son imputables a nuestra responsabilidad sino a las deficiencias administrativas a las que nos hemos enfrentado a la hora de localizar la documentación acreditativa de la privación de libertad. La tramitación de estos impresos corresponde al Ministerio de Defensa y a Instituciones Penitenciarias, que son las dos únicas instancias competentes en esta materia.

Por ello, firmamos un convenio con el Ministerio de Defensa que nos permitió contratar a tres historiadores, que han trabajado en el Archivo de Guadalajara en la búsqueda de los 'papeles' precisos. Esta actuación nos ha permitido avanzar en la resolución de los expedientes recibidos, pero aun así una parte significativa no ha logrado certificar su reclusión. Esta misma realidad se ha repetido en todas las comunidades autónomas, y en este contexto se inscribe nuestra petición al nuevo Gobierno de Rodríguez Zapatero para que habilite una oficina específica que centralice toda la información referente a este capítulo. Entendemos que corresponde al Gobierno del PSOE asumir su responsabilidad en el desarrollo de la compen- sación a las víctimas de franquismo porque nos encontramos ante un problema común al conjunto de comunidades del Estado. El decreto aprobado en Euskadi, al igual que los ratificados en Cataluña, Asturias, Andalucía, Aragón, Madrid o Navarra constituye un intento por paliar las deficiencias derivadas de las limitaciones impuestas por la Administración central; no se puede exigir al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco que abone las indemnizaciones, incluso sin acreditar la privación de libertad, por quienes desde la Administración central han rechazado más de 8.100 expedientes sólo en Euskadi.

Por nuestra parte, y a diferencia de lo que ha ocurrido en el Estado, también abonaremos la indemnización a las herederas y herederos de los fallecidos en el proceso de tramitación de las ayudas. Ahora bien, la clave para solucionar este hecho de modo definitivo radica en la voluntad del Ejecutivo central para clasificar e informatizar los Archivos Históricos, dotándolos del personal y material precisos. Las indemnizaciones sólo son una parte de la deuda que tenemos con quienes defendieron entonces la libertad y la democracia. En nuestro ánimo está recuperar la memoria histórica, y reconocer el mérito de quienes dijeron no al franquismo; posiblemente no lleguemos a todos, pero no por ello se puede poner en duda nuestro esfuerzo por hacer realidad este reconocimiento. En los próximos días, 2.529 hombres y mujeres cobrarán una media de 8.200 euros por haber sufrido privación de libertad; somos conscientes de que no hay dinero suficiente para compensar tanto sufrimiento, pero es una muestra de respeto y homenaje.

Como nieto de un defensor de la República, que padeció privación de libertad y nunca ha percibido indemnización por carecer de la documentación acreditativa, sé que es preciso abordar todas estas situaciones desde la flexibilidad y la buena voluntad. El decreto que regula estas indemnizaciones en el País Vasco podrá ser mejorable, pero no nos engañemos: tanto en el Estado como en aquellas comunidades que cuentan con su propia normativa son muchas las personas que han quedado excluidas por carecer de documentación. Éste es el quid de la cuestión, pero el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco no tiene la solución porque tampoco tiene la competencia en esta materia.

De todos modos, quiero dejar claro que todas y cada una de las personas que cumplan los requisitos establecidos percibirán la indemnización. Quienes no acceden a las ayudas es porque no se ajustan a las condiciones estipuladas. 2.872 no han acreditado la privación de libertad, 1.038 argumentan haber cumplido el servicio militar en lugar de la reclusión exigida, y el resto, hasta sumar 6.151, no adjuntan documentación referente a la edad mínima de 65 años, el empadronamiento en Euskadi, etcétera, o bien no cumplen los preceptos fijados en la Ley de Amnistía de 1977, que sólo reconoce los delitos de naturaleza política. Estos datos pueden sufrir variaciones, al hilo de las reclamaciones pertinentes, pero quien no cobre será porque su expediente no responde a la norma. Si es preciso ir más allá, estamos en buena disposición, pero habrá que hacerlo en colaboración con el Estado, y no sólo Euskadi sino todas las comunidades para garantizar la no discriminación entre personas que padecieron por igual las consecuencias de la guerra y la dictadura.