Proposición no de Ley relativa a las responsabilidades del Estado español en el Holocausto. (161/000580)
18 de mayo de 2005
Presentado el 27/01/2005 , calificado el 01/02/2005
Autor: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC)
Situación actual: Concluido - (Aprobado con modificaciones)
Comisión competente: Comisión Constitucional
Plazos: Hasta: 17/05/2005 De enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa:
Comisión
Constitucional Publicación desde 01/02/2005 hasta 04/02/2005
Comisión Constitucional Mesa - Acuerdo desde 04/02/2005 hasta 07/04/2005
Comisión Constitucional Votación desde 07/04/2005 hasta 18/05/2005
Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 18/05/2005
Boletines: BOCG.
Congreso de los Diputados Núm. D-148 de 04/02/2005 Pág.: 5
Iniciativa texto íntegro PDF
(161)
Proposición no de Ley en Comisión
AUTOR: Grupo Parlamentario de
Esquerra Republicana (ERC).
Proposición no de Ley relativa a las responsabilidades
del Estado español en el Holocausto.
Acuerdo:
Considerando
que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite
como Proposición no de Ley conforme, al artículo 194 del Reglamento, y
disponer su conocimiento por la Comisión Constitucional. Asimismo, dar
traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el
Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo
se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento
de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de febrero
de 2005.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel
Alba Navarro.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El
Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de los Diputados
don Joan Tardà i Coma y don Francesc Canet Coma, y al amparo de lo dispuesto
en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan
la siguiente Proposición no de Ley para su debate en Comisión.
La
liberación de los campos de exterminio nazis permitió mostrar al mundo
entero los Crímenes contra la Humanidad que había ejecutado el régimen
nacionalsocialista alemán. Hoy día, transcurridos sesenta años, inmersos
en la conmemoración de aquellos campos, la Organización de Naciones Unidas
insta a la ciudadanía de todos los Estados a movilizarse por la paz y la
fraternidad humana ante los peligros que pudieran cernirse a remolque de
los brotes de xenofobia, racismo e intolerancia. Es por ello necesario
recordar más que nunca que nada de lo ocurrido no es ajeno. Y, en el caso
español, aún con menos razón. Como es sabido, miles de ciudadanos del Estado
español (parte de los 500.000 que se vieron obligados a tomar el camino
del exilio) fueron internados en diferentes campos de concentración y exterminio
donde fueron explotados laboralmente, torturados y, en la mayoría de
casos, asesinados.
Ravensbrück, Dachau, Buchenwald, Maidtank o Mauthausen son
tristes y crueles ejemplos de los campos en donde fueron a parar. De estos
destinos, destaca Mauthausen donde solamente sobrevivieron 2.184 de los
7.000 republicanos prisioneros. Estos ciudadanos del Estado español habían
sido detenidos en su mayoría por las fuerzas de ocupación alemana en Francia
u otros países donde se habían exiliado huyendo de la represión fascista
legalizada mediante la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939 o la
Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo del 1 de marzo de 1940,
entre otras. Aun así, el terror represor del dictador Franco no se contentó con
la represión interior, proyectándose más allá de sus fronteras territoriales.
Hoy día ha quedado demostrado, fruto de la investigación histórica, la
implicación del Estado español, a través de Ramón Serrano Suñer, Ministro
de Interior y de Gobernación entre el 30 de enero de 1938 y el 15 de octubre
de 1940, y Ministro de Asuntos Exteriores entre el 16 de octubre de 1940
y el 3 de septiembre de 1942, en el traslado de la ciudadanía del Estado
español al campo de exterminio de Mauthausen. La documentación existente
demuestra hasta qué punto el Gobierno español se desentendió de los refugidos
a requerimiento de las autoridades alemanas, hecho que explica su identificación
como "apátridas" en el momento de su internamiento.
En este
sentido, hay que tener presente que la orden de deportación de los refugiados
españoles, firmada por la Dirección de la Policía del Tercer Reich, determinaba
que los republicanos españoles hechos prisioneros en Francia debían de
ser desposeídos de su condición de prisioneros de guerra y enviados a los
campos. Este documento, publicado el 25 de septiembre de 1940, vio la luz
pública coincidiendo con la visita oficial del Ministro Serrano Suñer a
Berlín, donde celebró entrevistas
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con
Hitlet y otros jerarcas del partido nazi que se complementaron poco después
con la visita oficial a España de Himmler. El Estado español aportó, a
cambio de la entrega por parte de la Gestapo de destacadas personalidades
republicanas (Lluís Companys, Joan Peiró, Julián Zugazagoitia, Cipriano
Rivas Chériff, etc.), el compromiso de desentenderse de aquellos que fueron
deportados con la finalidad de proporcionar mano de obra esclava para la
industria de guerra y la experimentación científica impulsadas por el Estado
alemán.
En el contexto de los actos conmemorativos de la liberación
de los campos de exterminio, que culminan el mes de mayo, con la referida
en concreto a la de Mauthausen, nos conviene superar silencios y falsedades.
Se ha ido perpertrando en buena parte de la opinión pública del Estado
español un equívoco sobre la neutralidad del régimen franquista durante
la II Guerra Mundial. Y nada más lejos de la realidad. La dictadura del
General Franco dio apoyo logístico y económico a las potencias del Eje,
lo cual llevó a miles de ciudadanos españoles a la esclavitud y a la muerte,
contribuyendo con ello a hacer realidad grandes Crímenes contra la Humanidad,
que hoy conocemos como Holo- causto.
Concluida la
II Guerra Mundial, el Estado español silenció su actuación respecto a sus
ciudadanos "apátridas" hasta tal punto que la asociación que los agrupa,
Amical Mauthausen, vivió en la clandestinidad entre los años 1962 y 1978,
fecha en la que fue finalmente legalizada.
Conocido el carácter
imprescriptible de los Crímenes contra la Humanidad que consagró las Naciones
Unidas desde Nuremberg, se hace imprescindible, dada la dificultad cuando
no imposibilidad de juzgar a los verdugos y colaboradores españoles del
régimen nazi, honorar a sus víctimas para hacer posible una verdadera reconciliación
basada en la reparación moral y económica de todas ellas y situar la memoria
de los hechos y el discernimiento de las responsabilidades del Estado español
en el frontispicio de los objetivos a los que se debía comprometer el Estado
democrático actual.
Es por todo ello que se presenta la siguiente
Proposición
no de Ley
" El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español
a:
1. Proceder a dilucidar y hacer públicas, en un plazo máximo
de seis meses, las responsabilidades del Estado español en su contribución
al Holocausto.
2. Presentar, en un plazo máximo de seis meses,
aquellas medidas concretas tendentes a reparar el honor de las víctimas
del Holocausto.
3. Presentar, en un plazo máximo de seis meses,
aquellas medidas concretas que permitan reparar económicamente a la ciudadanía
del Estado español víctima del Holocausto.
4. Impulsar, conjuntamente
con las Comunidades Autónomas, un plan para la divulgación de la realidad
del Holocausto, y en especial su incorporación en los currículos escolares."
Palacio
del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2005.-Francesc Canet Coma,
Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario
de Esquerra Republicana (ERC).
fuente: http://www.congreso.es/
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