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El juez Moreno estudia si España puede perseguir ahora el holocausto nazi
La Fiscalía compara la querella presentada por los supervivientes de los campos de concentración con la doctrina del Supremo y el Constitucional en los casos del genocidio argentino y guatemalteco
(Colpisa, 23-06-2008)


Demjanjuk en el banquillo

Madrid, 23 jun. (COLPISA, Melchor Sáiz-Pardo).

 

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, será el encargado de decidir si la justicia española es competente para investigar y perseguir, ahora, el holocausto nazi. La querella que supervivientes españoles han presentado contra cuatro miembros de las SS, presentada el pasado jueves, le ha caído por reparto a Moreno, cuya primera decisión será remitirla a la Fiscalía para que informe sobre la competencia de este órgano judicial para asumirla y si cabe o no admitirla a trámite.

 

Hasta conocer el contenido exacto de la querella, la Fiscalía guarda silencio. Necesitará tiempo, según un portavoz, para estudiarla querella y analizar si en este caso es aplicable la doctrina establecida por los tribunales Supremo y Constitucional en los casos del genocidio de la dictadura argentina y los crímenes de lesa humanidad contra la población maya en Guatemala.

 

El tema, reconocieron fuentes judiciales, es “muy complicado jurídicamente”. En diciembre de 2000, el Pleno de la Audiencia Nacional acordó el archivo del sumario sobre el genocidio maya por considerar que los tribunales españoles no son competentes, ya que se trataba de hechos cometidos en el extranjero.

 

El Supremo, en febrero de 2003, enmendó la plana a la Audiencia Nacional y ordenó reabrir el caso al entender que se trata de crímenes contra la humanidad que no prescriben y deben ser perseguidos por la Justicia española sin importar el lugar donde se cometieron los delitos. Eso sí, el Supremo limitó la acción de los tribunales nacionales a aquellos supuestos en los que las víctimas haya ciudadanos españoles.

 

En septiembre de 2005, el Constitucional rectificó a su vez al Supremo y concluyó que la Ley Orgánica del Poder Judicial faculta a los tribunales españoles a entender de cualquier crimen de lesa humanidad que no haya sido perseguido en su país de origen sin ningún tipo de limitación. En su sentencia, la corte falló que el artículo 23.4 de esa norma fija un “principio de jurisdicción universal absoluto”, que no admite límites.

 

“Imprescriptibles”

 

El Equipo Nizkor, autor de la demanda que firman cuatro supervivientes de los campos de concentración nazis, ha incluido toda esta jurisprudencia en el escrito en el que pide que la Audiencia Nacional se haga cargo de la investigación y reclame a Estados Unidos la entrega de los SS Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Iwan Demjanjuk. Según los demandantes, estos cuatro ex nazis, que han perdido la nacionalidad estadounidense, participaron en el exterminio de, al menos, 4.500 españoles en los campos de concentración de Mauthausen (Austria) y Sachsenhausen y Flossenbürg (Alemania) entre 1940 y 1945.

 

La querella también recoge una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que en 2006 declaró que los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial son “imprescriptibles” y ratificó la doctrina de los procesos de Núremberg, según la cual cualquier país es competente para investigar estos ilícitos de lesa humanidad aunque en su legislación penal no estén incluidos.

 

El presidente de Nizkor, Gregorio Dionis, aseguró este lunes que “no ve argumento jurídico ni razón procesal” que permita a la Audiencia Nacional rechazar la investigación sobre el holocausto nazi, habida cuenta de la jurisprudencia ya existente.

 

Dionis, que también fue uno de los motores de las demandas contra los represores argentinos y chilenos, recordó que la extradición de los cuatro SS es “absolutamente viable” porque la propia justicia estadounidense ya ha anunciado su disposición a entregar a los criminales nazis a cualquier país que tenga pruebas para juzgarles por las atrocidades cometidas en los campos de exterminio en los que trabajaron. 



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