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Campaña de recogida de firmas “Sin Justicia no hay Memoria”

Foro por la Memoria de Andalucía, | 22 diciembre 2009

No al protocolo de exhumaciones de la Junta de Andalucía

Formulario para firmar:

http://www.foroporlamemoria.info/firmas_formulario_andalucia.php

Listado de firmantes:

http://www.foroporlamemoria.info/firmas_protocolo_andalucia.php

A lo largo del año 2009 hemos llevado a cabo movilizaciones para exigir a las administraciones que se cumplan las leyes internacionales de derechos humanos y concedan a las víctimas del franquismo a lo que tienen derecho, que no es otra cosa que verdad, justicia y reparación. Nuestra última movilización la realizamos el 21 de noviembre de 2009 bajo el lema “Sin Justicia no hay Memoria, No al Protocolo de Exhumaciones de la Junta”, al que anteriormente habíamos presentado alegaciones ante el Comisario de Memoria Histórica de la Junta de Andalucía donde dejábamos constancia de que la justicia no puede quedarse al margen de las exhumaciones, y que en las fosas donde se encuentran ilegalmente inhumadas las víctimas de la represión franquista deben ser levantadas de acuerdo con la Legislación Internacional de Derechos Humanos, por lo que deben ser los Jueces de Instrucción los que acuerden las medidas oportunas para ese levantamiento, todo ello en el marco de la investigación de los delitos que cometieron las personas que ejecutaron, directa e indirectamente, a los allí inhumados.

Después de enviar nuestras valoraciones al Comisario de Memoria Histórica de la Junta de Andalucía sin recibir contestación alguna, fue por lo que nos decidimos concentrarnos el 21 de noviembre en la Plaza de la Gavidia de Sevilla, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública de Andalucía, para mostrar nuestro rechazo y exigir que se modificase dicho protocolo, ya que debemos luchar contra la impunidad de los crímenes franquistas y no contribuir a que estos continúen sin ser juzgados, y lo más grave aún es la privacidad a la que quieren someter las exhumaciones contribuyendo a negar el derecho a la verdad que tiene también toda la sociedad andaluza y no sólo los familiares de las víctimas.

http://www.foroporlamemoria.info/2009/11/sevilla-cronica-concentracion-21-de-noviembre-de-2009/

http://www.foroporlamemoria.info/2009/11/unas-40-personas-se-concentran-en-sevilla-ante-justicia-para-protestar-por-el-protocolo-de-exhumaciones/

Por todo ello nos sorprende que, precisamente, siendo la Consejería de Justicia la que promueve este protocolo de exhumaciones vaya en contra del Derecho Penal Internacional queriendo realizar las excavaciones como si fueran, por ejemplo, simples yacimientos romanos, sin ninguna intervención judicial.

En todas las exhumaciones en las que nuestras asociaciones han colaborado o que hemos realizado, se ha interpuesto una denuncia en el juzgado correspondiente por el delito de crímenes contra la humanidad cometidos por el franquismo, para así implicar a la justicia a que inicie una investigación. Entendemos que estas dinámicas en las que el abandono por parte del Estado es absoluto ha de ser cortada de raíz. El Estado tiene la obligación de defender los derechos de las víctimas y la Justicia tiene el deber de investigar los crímenes y perseguir a los culpables.

El siguiente paso que daremos será presentar una denuncia ante el Defensor del Pueblo Andaluz, para exponerle el desprecio al que someten la Consejería de Justicia y más concretamente el Comisario de Memoria Histórica de Andalucía, a los familiares y a las asociaciones memorialistas, que venimos ya varios años solicitando Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo; al no querer escuchar nuestras reivindicaciones y valoraciones sobre cuestiones de memoria histórica y sobre todo ante la aprobación del protocolo de exhumaciones el cual rechazamos rotundamente. Y aún, estando a la espera de la posible contestación que nos dará el defensor del pueblo, queremos iniciar una campaña de recogida de firmas para presentarlas ante la Consejería de Justicia y Administración Pública y al Comisario de Memoria Histórica de Andalucía para exigirle que modifique el protocolo de exhumaciones en base a las valoraciones realizadas, las cuales las detallamos a continuación:

VALORACIONES RESPECTO AL PROTOCOLO ANDALUZ DE ACTUACIONES EN EXHUMACIONES DE LA GUERRA CIVIL Y POSTGUERRA.

Primera.- Desde el Foro por la Memoria de Andalucía manifestamos nuestro acuerdo, deseo e intención de que se proceda, de acuerdo con la Ley, al levantamiento de todas las fosas de la represión franquista y que, tras los trámites necesarios, se proceda a la identificación y la inhumación de las víctimas según los deseos de sus familiares y teniendo también en cuenta que la gran mayoría de los defensores de la legalidad democrática de la II República que se encuentran en las fosas comunes no tuvieron descendencia o no existen familiares vivos, por lo que es responsabilidad del estado democrático de derecho, así como su obligación moral, garantizar que se les haga justicia. Pero entendemos, y esto es inamovible e innegociable, que las fosas en las que se encuentran ilegalmente inhumadas las víctimas de la represión franquista deben ser levantadas de acuerdo con la legislación internacional de derechos humanos, por lo que deben ser los Jueces de Instrucción los que acuerden las medidas oportunas para ese levantamiento, todo ello en el marco de la investigación de los delitos que cometieron las personas que ejecutaron, directa e indirectamente, a los allí inhumados.

Segunda.- El levantamiento de la fosa sin que se realice bajo la autoridad judicial puede ocasionar la destrucción de las pruebas de los delitos cometidos y, además, supone que las pruebas de esos delito halladas en la misma carecerían de validez como consecuencia de la participación en su obtención de personas ajenas a la Justicia lo que conlleva, necesariamente, que quede rota la cadena de custodia de las pruebas y no puedan ser utilizadas en el proceso penal correspondiente. Los hechos que causaron la muerte a las personas que se pretendan inhumar, como por ejemplo en el caso de la fosa de Alfacar, son constitutivos de delito, seguramente el más grave de los previstos en cualquier legislación penal, a saber, los crímenes contra la Humanidad.

Tercera.- Respecto a los aspectos de confidencialidad que recoge el citado protocolo entendemos que hacen un flaco favor a la lucha contra la impunidad en nuestro país, y por consiguiente en la consecución de una democracia más avanzada. Este aspecto de la confidencialidad entendemos que pudiera suponer la negación del derecho de toda la sociedad a conocer y valorar en toda su magnitud los hechos acaecidos, porque nosotros defendemos que la memoria histórica debe ser colectiva, que pertenece a todos los andaluces no sólo a los familiares de las víctimas, ya que la sociedad tiene el derecho a conocer los hechos sucedidos en toda su magnitud tal y como se recoge en la legislación internacional. Entendemos que este conocimiento ha de ser público y ha de abarcar desde el esclarecimiento de las circunstancias históricas que llevaron al asesinato de las víctimas, su identidad y en el caso que sea factible la ubicación de sus restos; pero también los nombres de los responsables de los crímenes contra la humanidad que se cometieron en nuestro país, tanto los verdugos materiales como y sobre todo los responsables morales. También entendemos que es imprescindible, de igual manera el conocimiento de quienes se beneficiaron económicamente con el golpe de estado, con las incautaciones, con el expolio de los bienes de los represaliados, con el trabajo esclavo de los prisioneros, y por supuesto la devolución e indemnización a los herederos de los represaliados. Sin olvidarnos tampoco de los niños y niñas robados por el franquismo a sus legítimos padres.

Cuarta.- Respecto a los aspectos de solicitud de permisos y autorizaciones que recoge el citado protocolo, respecto a la recuperación de los restos de las víctimas, han de ser sus derechos los que han de ser protegidos de manera prioritaria y ante cualquier otra consideración. Tanto en el proceso de recuperación de sus restos como en la defensa y recuperación de su memoria, siendo especialmente sensible y respetuoso con la ideología de las/s asesinadas/os.

Quinta.- Es obligación de las autoridades judiciales de nuestro país la investigación de los crímenes contra la humanidad cometidos, por tanto han de ser estas las que realicen las exhumaciones de las fosas comunes. No han de ser entidades no vinculadas al ámbito judicial las que realicen las exhumaciones. Ni familiares, ni asociaciones ni ayuntamientos, ya que si no se procede a la judicialización de las pruebas, se podría estar destruyendo las pruebas de los crímenes o rompiendo las cadenas de custodia, con lo cual se fomentaría de una manera involuntaria a aumentar la carcasa de impunidad que poseen los responsables de crímenes contra la humanidad que se cometieron en nuestro país.

Sexta.- No compartimos la posibilidad que por decisión de un familiar se pueda proceder a la no exhumación de los restos de algunos compañeros/as asesinados/as. Esta opinión esta fundamentada en primer término en que han de ser las autoridades judiciales las que procedan a la realización de las exhumaciones como pruebas judiciales que son, por tanto no se ha de atender a ningún tipo de oposición a las exhumaciones, considerándose la alteración, manipulación o destrucción de los restos como destrucción o alteración de pruebas de crímenes contra la humanidad, y si se hiciera de manera mal intencionada, como complicidad. En segundo termino porque han de ser los intereses de las victimas los que se han de proteger independientemente de los intereses, deseos u opiniones de los familiares. En tercer termino, y de manera meramente formal, mientras no existan identificaciones de los restos, en la mayoría de los casos, no se tiene la certeza de los parentescos.

Séptima.- Respecto a la ocupación temporal de los terrenos no compartimos el planteamiento que se redacta en el citado protocolo, entendemos que es obligación de la justicia española la investigación de los crímenes contra la humanidad, y que las exhumaciones son una parte de esa investigación, por tanto y como en cualquier proceso de investigación, no contemplamos la posibilidad de indemnizaciones a los propietarios de los terrenos, sin embargo sí la restitución de los terrenos a su estado original. Exceptuando en los casos que los trabajos de exhumación produjeran algún perjuicio al susodicho. De igual manera alertamos sobre la posibilidad de que en estos casos se pudiera generar ánimos de lucro por parte de algunos propietarios. Independientemente

de todo ello, no ha de ser impedimento la posible oposición de algún propietario a las exhumaciones ya que entendemos que siempre han de prevalecer la investigación judicial y los derechos de las víctimas y por tanto las exhumaciones no podrán ser paralizadas por este motivo.

Octava.- Protección de los terrenos donde se ubicaran restos cadavéricos, entendemos que se hace la exposición de una manera que puede ser contra producente, pues ya que al obligar a los propietarios de los terrenos a la protección de las fosas comunes se distrae la obligación del estado obligando a un particular a cumplir con las funciones que habría de realizar la función pública. Entendemos que de este modo se puede producir la destrucción de algunos lugares para así no tener que mantenerlos. Y exigimos que se legisle como delito la destrucción de los lugares relacionados con la represión realizada por el fascismo español, y en el caso de la destrucción voluntaria de fosas comunes, restos cadavéricos u otras evidencias o pruebas de crímenes contra la humanidad, esta legislación habría de recoger estos hechos como complicidad con los crímenes contra la humanidad y se le habría de aplicar la legislación penal pertinente.

FORO POR LA MEMORIA DE ANDALUCÍA

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